CARRIEL// GUALA - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
16 de marzo de 2022
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha tres de noviembre del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-7577-2019, se rechazó la demanda interpuesta por José Carriel Cabrera en contra de don Manuel Guala Almonacid, sin costas. Contra este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, primera hipótesis del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, primera hipótesis, del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción de garantías fundamentales, denunciando como infringido el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política. Fundamenta la causal en que no se acogió el entorpecimiento que le impidió al abogado demandante comparecer a la audiencia preparatoria de 11 de diciembre de 2019, lo que tuvo como consecuencia que no pudiera evacuar el traslado de la excepción de incompetencia opuesta por la demandada, ni ofrecer prueba para ser rendida en la audiencia de juicio. Señala que el entorpecimiento se produjo a consecuencia de las dificultades del abogado demandante para desplazarse desde su domicilio particular, ubicado en la comuna de Puente Alto, hasta las dependencias del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ubicado la comuna de Santiago, producto del descarrilamiento de un tren ocurrido aquella mañana en la Línea 5 del Metro de Santiago, el que provocó la suspensión del servicio en esa línea desde las 05:57 de la mañana por más de 13 horas, lo que motivó la imposibilidad absoluta e imprevisible de concurrir a la audiencia, fijada a las 08:30 horas del día 11 de diciembre de 2019. Refiere que el día 13 de diciembre presentó un escrito alegando entorpecimiento, describiendo los hechos expuestos y acompañando capturas de pantallas de los mensajes publicados por Metro de Santiago en su cuenta de Twitter. Frente a la solicitud, el Tribunal confirió traslado a la demandada, el que fue evacuado; posteriormente ofició a Metro de Santiago, organismo que informó “el día 11 de diciembre de 2019, la línea 5 de Metro S.A. se vio afectada por el descarrilamiento del tren N° 3023 a las 05:57 horas que produjo una suspensión del servicio por más de 13 horas”. Finalmente, señala que el tribunal rechazó el entorpecimiento alegado, fundado en “Que la sola alegación de la demandante resulta abiertamente imprecisa, toda vez que no ha acreditado el lugar de inicio de su recorrido hacia la comuna de Santiago, la hora y el lugar en donde se enteró del desperfecto que sufrió la línea 5 de Metro de Santiago”. Y el tribunal prosiguió señalando que “atendida la falta de antecedentes que hagan verosímil la pretensión del demandante, en orden de dejar sin efecto la audiencia de autos, resulta forzoso el rechazo de la misma”. Aduce que dedujo recurso de reposición de esta resolución que rechazó el entorpecimiento, argumentando que la insuficiencia probatoria en que habría incurrido se produjo por no recibir el Tribunal el incidente a prueba; pero el recurso de reposición igualmente fue rechazado. Sostiene que lo relatado da cuenta que se infringió el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, en particular el derecho a defensa jurídica del demandante, por cuanto, al rechazarse el entorpecimiento alegado se ha dejado al demandante en desigualdad de condiciones, al no permi
Fallo
fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, primera hipótesis del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, primera hipótesis, del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción de garantías fundamentales, denunciando como infringido el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política. Fundamenta la causal en que no se acogió el entorpecimiento que le impidió al abogado demandante comparecer a la audiencia preparatoria de 11 de diciembre de 2019, lo que tuvo como consecuencia que no pudiera evacuar el traslado de la excepción de incompetencia opuesta por la demandada, ni ofrecer prueba para ser rendida en la audiencia de juicio. Señala que el entorpecimiento se produjo a consecuencia de las dificultades del abogado demandante para desplazarse desde su domicilio particular, ubicado en la comuna de Puente Alto, hasta las dependencias del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ubicado la comuna de Santiago, producto del descarrilamiento de un tren ocurrido aquella mañana en la Línea 5 del Metro de Santiago, el que provocó la suspensión del servicio en esa línea desde las 05:57 de la mañana por más de 13 horas, lo que motivó la imposibilidad absoluta e imprevisible de concurrir a la audiencia, fijada a las 08:30
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. A los escritos folios 19 y 20: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de fecha tres de noviembre del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-7577-2019, se rechazó la demanda interpuesta por José Carriel Cabrera en contra de don Manuel Guala Almonacid,
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