MINISTERIO PUBLICO C/ PAULINA DEL CARMEN MOLINA MUNOZ
Rol
Fecha
16 de marzo de 2022
Materia
PARRICIDIO.ART. 390.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que en autos no se discute que los dos testigos excluidos de la Fiscalía, no prestaron declaración durante la investigación ni participaron de alguna diligencia. 2.- Que en dichas circunstancias, admitir dichos testimonios, vulneraría el derecho de defensa de la imputada, integrante del debido proceso, desde que ignora los aspectos de esa declaración, la que ciertamente no puede ser supuesta, al alero de lo establecido en los artículos 180 y 181 del Código Procesal Penal. Por lo razonado y lo dispuesto en los artículo 277, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de tres de marzo último, que excluyó, por vulneración de garantías constitucionales, a dos testigos ofrecidos por el Ministerio Público. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Arcos, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, por cuanto si bien es efectivo que no aparece declaración ni participación en diligencia de los testigos excluidos, se advierte de la misma carpeta, que éstos han sido referidos por otros testigos, explicándose su relación y/ o conocimiento respecto del hecho que se investiga. Entonces, la defensa, que de conformidad a lo previsto en el artículo 260 del código Procesal Penal, tiene acceso a los antecedentes de la investigación, no será sorprendida y podrá contrainterrogarlos en la audiencia de juicio oral. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario, comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-93-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- Que en autos no se discute que los dos testigos excluidos de la Fiscalía, no prestaron declaración durante la investigación ni participaron de alguna diligencia. 2.- Que en dichas circunstancias, admitir dichos testimonios, vulneraría el derecho de defensa de la imputada, integrante del debido proceso
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