VICTOR HUGO QUINTEROS BARAHONA/MARIA ANNABEL YÁÑEZ ROJAS
Rol
Fecha
16 de marzo de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos 6° a 10°, ambos inclusive, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que en estos antecedentes ingreso Corte Rol N°1269-21 CIVIL el demandante apela en contra del
Fallo
fallo dictado por el Cuarto Juzgado de Letras de San Miguel en los autos Rol N° C-1318-2020 caratulados “Quinteros con Yáñez” sobre terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y desahucio que, en lo que interesa, rechaza las demandas principal y subsidiarias. Segundo: Que la actora representada válidamente por la Corporación de Asistencia Judicial, solicita en su recurso que se revoque el referido fallo y acoja la demanda de terminación de contrato por no pago de rentas, cobro de rentas y restitución del inmueble. Reconoce que incurrió en un error tipográfico en la redacción de la demanda en cuanto al segundo nombre de la demandada al señalar “María Isabel” en lugar de “María Anabel”, sin embargo, señala que se trata de la misma persona arrendataria. Explica que en el libelo se incluyó el RUT con la numeración correcta, al igual que se consigna en el contrato de arrendamiento que su parte acompañó. Agrega que, además, la referencia en el libelo al domicilio “Whiteside N°4961, San Miguel”, en lugar de “Comandante Whiteside N°4961, San Miguel”, lo que su parte rectificó el 29/06/2021 (folio 28), constituye un mero formalismo que en nada altera el hecho que se trataba del mismo inmueble objeto del contrato. Hace presente que la Excma. Corte Suprema registra domicilio en su página web, en calle Compañía N°1140, 2°piso, a pesar de que el nombre de la calle es Compañía de Jesús y no sólo Compañía. Tercero: Que, si bien se comprueba la existencia de un error de
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San Miguel, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus fundamentos 6° a 10°, ambos inclusive, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que en estos antecedentes ingreso Corte Rol N°1269-21 CIVIL el demandante apela en contra del fallo dictado por el Cuarto Juzgado de Letras de San Miguel en los autos Rol N°
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