JUZGADO DE LETRAS DE SAN JAVIER

POLLAS/SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION INCOSIV LIMITADA

Rol

Fecha

15 de marzo de 2022

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: 1° Que consta de la carpeta virtual de la causa de primer grado Rol M-42-2019, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Javier, que mediante resolución de fecha 17 de agosto de 2021, agregada a folio 38, dicho tribunal se pronunció respecto de la petición de acumulación a la misma, del presente proceso M-47-2019 y de las causas Roles M-43-2019, M-44-2019, M-46-2019, M-51-2019 y M-52-2019, todos del Juzgado de Letras del Trabajo de San Javier, efectuada por la parte demandante, resolviendo: “No ha lugar por improcedente, sin perjuicio la parte deberá tener presente que se ha citado a una única audiencia para todos los procesos el día 28 de septiembre de 2021 a las 08:30 hrs.” Posteriormente, mediante resolución de 20 de agosto de 2021, desestimó el recurso de reposición deducido por la parte demandante, conforme al fundamento siguiente: “Teniendo en consideración que pese a ser jurídicamente procedente la acumulación de los procesos, el sistema de tramitación electrónica atendida la etapa procesal de la presente causa esto es que se ha dictado sentencia respectiva, la cual fue reclamada, no permite la acumulación de los procesos, los que deben seguir vigentes por cuerdas separadas, por lo que se rechaza la reposición impetrada; lo anterior sin perjuicio de realización de una sola audiencia como se encuentra ya establecido administrativamente”. 2° Que, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 449 del Código del Trabajo, la acumulación de autos podrá ser decretada por el tribunal, de oficio o a petición de parte “Si ante el mismo tribunal se tramitan varias demandas contra un mismo demandado y las acciones son idénticas, aunque los actores sean distintos,…”, exigiendo además que “…se encuentren en un mismo estado de tramitación y no implique retardo para una o más de ellas”. En la especie, son hechos indubitados en autos, que las causas cuya acumulación se había solicitado, entre ellas la presente, se

Fallo

fallo único, que englobó todas las demandas y contestaciones, resolviendo como un solo todo las pretensiones de los actores. Acto seguido, se copió la misma sentencia en cada uno de los referidos procesos lo que, en modo alguno, puede entenderse como una sentencia particular para cada causa. En estas circunstancias, el apoderado de los actores dedujo recurso de nulidad en contra de la referida sentencia, en representación de todos, en la causa Rol M-52-2019, por las causales que invoca, efectuando una petición que beneficia a cada uno de ellos. Dicho recurso dio origen al Ingreso Corte Rol 399-2021, que se encuentra pendiente de resolver. 4° Que, en este contexto legal y fáctico, es de justicia considerar como suficiente y con efecto en todos los procesos el único recurso de nulidad interpuesto pues, como ya se dijo, se dictó sólo una sentencia para todas las causas, de manera que sería absurdo exigir un recurso para cada proceso. 5° Que, cabe agregar que el posible problema informático de la gestión de causas no es causa legal para desestimar la acumulación pedida, dado que siempre se puede buscar la fórmula de solución en lo informático. Además, el tribunal procedió y resolvió como si así lo hubiese decretado. 6° Que, de esta forma, habiéndose impetrado recurso de nulidad por todos los demandantes, en contra de la sentencia única dictada en autos, no es posible tener por afinada la presente causa o ejecutoriada la sentencia copiada a la misma, en los términos solicitados

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Talca, quince de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: 1° Que consta de la carpeta virtual de la causa de primer grado Rol M-42-2019, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Javier, que mediante resolución de fecha 17 de agosto de 2021, agregada a folio 38, dicho tribunal se pronunció respecto de la petición de acumulación a la misma, del presente proceso M-

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