TAHIR/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
Fecha
15 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial que el acto generador de una eventual afectación a garantías constitucionales protegidas es el Decreto Alcaldicio N° 969, Exento N° 427, de trece de enero del año en curso, mas no el Decreto Alcaldicio N° 2975, Exento N° 1579, dictado el 8 de Febrero de 2022, que reafirma la primera decisión y,
Fundamentos
considerando que el arbitrio fue deducido el doce de marzo del presente año, lo ha sido excediendo con creces el plazo de treinta días corridos que el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia prevé y, atendido lo dispuesto en los numerales 1 y 2 de la mencionada normativa,
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de protección de inicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-11986-2022.
Texto Completo (Preview)
rrn C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de marzo de dos mil veintidós. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso Recurso: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial que el acto generador de una eventual afectación a garantías constitucionales protegidas es el Decreto Alcaldicio N° 969, Exento N° 427, de trece de enero del año en curso, mas no el Decreto Alcaldicio N° 2975, Exento N° 1579,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica