ESPINOZA / 5° JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
15 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Primero: Que en folio 1, don Raúl Tavolari Oliveros, abogado, en representación de la parte demandante interpone falso recurso de hecho contra la resolución de 21 de enero de 2022 dictada en los autos caratulados “Vallejos con Valderrama”, rol N° C-210-2021, seguidos ante el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, por medio del cual se concedió el recurso de apelación subsidiario deducido el diecinueve de enero en curso por la Sociedad demandada. Segundo: Que la parte recurrente expone que la resolución apelada rechazó la solicitud de una de las partes demandadas tendiente a dejar sin efecto la medida prejudicial decretada en autos. El diecinueve de enero pasado, la sociedad “Varas y Compañía” presentó reposición y en subsidio apeló de la referida resolución, concediendo este último el veintiuno de enero. Argumenta que este recurso de apelación no debió ser concedido ya que la resolución apelada es una sentencia interlocutoria que resolvió sobre un trámite que debe servir de base al pronunciamiento de una sentencia posterior conforme al artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, lo que fue así considerado en el recurso de hecho Rol IC N° 580-2021. Al ser una sentencia interlocutoria, el recurso de apelación debió haber sido deducido de forma directa de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que, si bien la resolución impugnada - atendida su naturaleza jurídica- debió haber sido apelada de forma directa, nada impide que pueda haber sido concedido dicho recurso para el caso que fuera deducido de forma subsidiaria de la reposición, puesto que aquella forma de proceder, solo implicaba que el primero de los arbitrios fuese rechazado por improcedente, tal como se decidió por el tribunal, sin que se vea afectada la posibilidad de recurrir en su contra, tal como se ha señalado en casos análogos por esta Corte de Apelaciones, como en la causa Rol CIV 2737-2020. Por estas consideraciones y teniendo además prese
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 158, 187, 189 y 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el falso recurso de hecho deducido por el abogado Raúl Tavolari Oliveros contra la resolución de veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso en sus autos C-210-2021. Déjese constancia en autos Rol Civil 356-2022. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-436-2022. En Valparaíso, quince de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de marzo de dos mil veintidós. Visto: Primero: Que en folio 1, don Raúl Tavolari Oliveros, abogado, en representación de la parte demandante interpone falso recurso de hecho contra la resolución de 21 de enero de 2022 dictada en los autos caratulados “Vallejos con Valderrama”, rol N° C-210-2021, seguidos ante el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, por medio d
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