SIN INFORMACION

MARIANNY LEON NAVARRO / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

16 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 18 de septiembre de 2021 comparece la ciudadana venezolana doña Marianny Anais León Navarro, domiciliada en Fuenzalida Urrejola 942, La Cisterna, para recurrir de protección contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, domiciliados en Matucana 1223, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la permanencia definitiva solicitada el 21 de agosto de 2019, lo que transgrediría los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse al respecto. Segundo: Que la abogada doña Paz Cecilia Ortúzar Fuenzalida informa que mediante Resolución Exenta N°2.951, de 10 de enero de 2022, se otorgó el beneficio migratorio de permanencia definitiva a la recurrente. En consecuencia, niega la concurrencia del actuar ilegal, arbitrario y lesivo atribuido a su respecto. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor del artículo 157 del reglamento de la Ley de Extranjería y que por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de permanencia definitiva a que alude el recurso. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República es una acción constitucional de naturaleza cautelar, destinada a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, mediante la ad

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de Marianny Anais León Navarro, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°5308-2021 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 18 de septiembre de 2021 comparece la ciudadana venezolana doña Marianny Anais León Navarro, domiciliada en Fuenzalida Urrejola 942, La Cisterna, para recurrir de protección contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Álvaro B

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