SKICHILE SPA/CABRERA
Rol
Fecha
14 de marzo de 2022
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos del Juez A quo, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiséis de enero de dos mil veintidós, escrita en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado. Decisión acordada contra el voto del Abogado Integrante Sr. Francisco Ljubetic Romero, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y anular el procedimiento, quedando éste en estado de notificar válidamente la resolución que recibió la causa a prueba, por estimar que la fecha de notificación de dicha resolución a la parte demandante se efectuó tácitamente con fecha 25 de marzo de 2020, teniendo aplicación el artículo 12 de la Ley N°21.226, incorporado por la Ley N°21.379, y por ende se requería de petición de parte para la reanudación del término probatorio. Devuélvase. Civil-190-2022.(fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, catorce de marzo de dos mil veintidós. Al folio N° 11: A todo: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y compartiendo los fundamentos del Juez A quo, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiséis de enero de dos mil veintidós, escrita en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado. Decisión acordada contra el voto del Abogado Integrante Sr.
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