MP C/ CESAR ANTONIO CORDOVA JIMENEZ
Rol
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, lo expuesto y alegado por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de sus integrantes, estima que en este estadio procesal existen antecedentes suficientes para tener por justificada la existencia del delito por el cual se ha formalizado investigación y que estos antecedentes constituyen presunción fundada de la participación penal que se le ha atribuido, por parte del ente persecutor, al imputado, esto es, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la necesidad de cautela, presupuesto establecido en la letra c) de la norma citada precedentemente, teniendo presente la naturaleza del ilícito investigado, el bien jurídico afectado; la vida, la gravedad de la pena asignada al mismo, la conducta anterior del imputado y la poca probabilidad que en el caso de recaer sentencia condenatoria a su respecto, pueda acceder a una pena sustitutiva de las establecidas en la Ley N°18.216, y finalmente el deber que tiene el Estado, del cual forma parte el Poder Judicial de prevenir y erradicar toda manifestación de violencia de género, todas circunstancias que hacen que resulte proporcional, necesaria e idónea la medida cautelar debatida en esta causa, por lo anterior, SE CONFIRMA la resolución de fecha siete de marzo del año dos mil veintidós, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado don César Antonio Córdova Jiménez, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-202-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, once de marzo de dos mil veintidós. Al folio N° 5: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al folio N° 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de autos, lo expuesto y alegado por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de sus integrantes, estima que en este estadio procesal existen antecedentes
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