4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

ESMAX C/ RAMON ANGEL ACENCIO SARAVIA

Rol

Fecha

11 de marzo de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que en concepto de esta Corte y tal como afirma la Defensa, de la sola lectura del hecho que describe la formalización se colige que efectivamente resulta discutible la calificación jurídica asignada al ilícito perpetrado por el imputado Acencio Saravia, dado que no se advierte el acto intimidatorio que constituye el presupuesto indispensable del delito de robo con intimidación. Ahora bien, en lo que atañe al presupuesto de la letra c) de la citada disposición, debe relevarse nuevamente que lo que determina concluir la necesidad de disponer una medida cautelar personal en contra de un imputado, se halla básicamente en un eventual peligro de reiteración de la conducta punible o en la aprensión fundada de que aquel pueda restarse a los fines del procedimiento y, en el caso que se revisa, conforme a los antecedentes que han sido proporcionados a estos sentenciadores, tales parámetros son descartados por esta Corte, atendida la irreprochable conducta anterior del imputado y la presunción de inocencia que le asiste, que en este caso impiden suponer que en el evento que se disminuya la medida cautelar dispuesta a su respecto, mediante un arresto domiciliario, proceda a reincidir en la comisión de otros ilícitos o intente sustraerse de los fines del procedimiento, por no existir antecedentes que así lo sugieran. En razón de lo reflexionado esta Corte estima que los fines del procedimiento pueden ser resguardados con medidas cautelares personales menos gravosas que la prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 2 de marzo pasado, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad que dispuso la prisión preventiva de Ramón Ángel Acencio Saravia; y en su lugar se dispone las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. Devuélvase la competencia. Rol N° 1.298-2022.- Resolución incluida en el Estado Diar

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 2 de marzo pasado, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad que dispuso la prisión preventiva de Ramón Ángel Acencio Saravia; y en su lugar se dispone las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. Devuélvase la competencia. Rol N° 1.298-2022.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, once de marzo de dos mil veintidós. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-1032-2022 Ruc: 2200202121-1 Rit : O-1298-2022 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon Relatora: María Jose Salas

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