PÉREZ/VIAJES FALABELLA SPA
Rol
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha veintidós de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-3713-2020, se acogió parcialmente la demanda interpuesta por Juan Luis Pérez Kaune en contra de Viajes Falabella SpA, sin costas. Contra este fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por tres causales, las dos primeras conjuntas entre sí y la tercera, subsidiaria de las anteriores, siendo la primera, la del artículo 478 letra e), la segunda, la del artículo 478 letra b) y la tercera, la del artículo 478 letra c), todas del Código del Trabajo; recurso que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron las apoderadas de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la demandada hace valer, primeramente, la causal del artículo 478 letra e), por omisión del artículo 459 N° 4, ambos del Código del Trabajo. Fundamenta la causal en que el tribunal estimó que el despido del demandante, por necesidades de la empresa, fue injustificado, pues la demandada no logró acreditar las pérdidas que fundaron la decisión de despido. Indica que el
Fallo
fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por tres causales, las dos primeras conjuntas entre sí y la tercera, subsidiaria de las anteriores, siendo la primera, la del artículo 478 letra e), la segunda, la del artículo 478 letra b) y la tercera, la del artículo 478 letra c), todas del Código del Trabajo; recurso que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron las apoderadas de las partes. Considerando: Primero: Que la demandada hace valer, primeramente, la causal del artículo 478 letra e), por omisión del artículo 459 N° 4, ambos del Código del Trabajo. Fundamenta la causal en que el tribunal estimó que el despido del demandante, por necesidades de la empresa, fue injustificado, pues la demandada no logró acreditar las pérdidas que fundaron la decisión de despido. Indica que el fallo tiene un grave error, pues en el segundo párrafo del considerando noveno, dice que en el Informe Financiero aportado como prueba, en su página 22 señala pérdidas por “335.692 M$.”, en circunstancias que no existe dicho monto ni se mencionan pérdidas en dicha página, sino que es en la página 32 que aparecen como pérdidas la suma de 6.305.449M$. Asimismo, la juez no aprecia el resto de la prueba rendida, como los Estados Financieros, que acreditan las pérdidas sufridas por su parte, lo que habría llevado a la decisión de rechazar la demanda. Asimismo, tampoco considera los Informes de empresas externas que acreditaron las pérdidas sufridas por su part
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veintidós. A los escritos folios 28 y 29: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de fecha veintidós de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-3713-2020, se acogió parcialmente la demanda interpuesta por Juan Luis Pérez Kaune en contra de Viajes Falabella
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