JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ JUAN VICENTE CARVAJAL CORDERO. DTE. M.P.

Rol

Fecha

11 de marzo de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido que el mérito de los antecedentes y lo expuesto por las intervinientes permite inferir que existen antecedentes suficientes para estimar la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del ilícito materia de la formalización, es decir, antecedentes que justifican la existencia del delito y que además permiten presumir fundadamente que le ha cabido participación al imputado en los mismos; y que, además, estos sentenciadores juzgan que, en atención al carácter del delito investigado, las circunstancias de comisión, la gravedad de la pena asignada a este, como también el haber actuado el imputado en grupo o pandilla, permite concluir que la libertad del imputado constituye, efectivamente, un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que se encuentra plenamente justificado el requisito establecido en la letra c) del artículo 140 del referido Código, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 149 y 358 del ya citado Código, SE REVOCA la resolución apelada, de fecha nueve de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, transcrita íntegramente en la carpeta digital, que denegó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos y, en su lugar, se dispone que se acoge la solicitud formulada por el Ministerio Público en orden a decretar la prisión preventiva respecto de Juan Vicente Carvajal Cordero. Acordada con el voto en contra del Ministro Carlos Jorquera Peñaloza, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y actúa como ministro de fe relatora (I) señorita Daniella Pinto Cortés. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 115-2022 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, once de marzo de dos mil veintidós. Siendo las 09:32 horas, ante la Primera Sala de esta Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro suplente señor Carlos Jorquera Peñaloza y el Abogado Integrante señor Enrique Labarca Cortés, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apela

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