ZAVALA / JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN ANTONIO
Rol
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Humberto Romero Fuentes, abogado, defensor penal penitenciario, y deduce acción constitucional de amparo en favor de Katherine Stefanie Zavala Cornejo, quien actualmente cumple de manera efectiva en el Centro de Detención Preventiva de Quillota el saldo de la pena que se le impuso en la causa RIT N° 1814-2017 del ingreso del Juzgado de Garantía de San Antonio, y en contra del Sr. Juez de Garantía de San Antonio don Daniel Zúñiga Rivas, quien, de manera ilegal, no hizo lugar a la solicitud formulada por la defensa de la amparada para que se interrumpa la pena privativa de libertad que actualmente cumple, reemplazándola por la pena de reclusión domiciliaria total. Fundó el presente recurso en que doña Katherine Stefanie Zavala Cornejo cumple, de manera efectiva, el saldo de la pena de tres años y un día de presidio menor en grado máximo como autora de un delito de tráfico en pequeñas cantidades. Tiene prevista como fecha de término de la misma el día 21 de octubre próximo. Menciona que actualmente, la amparada, es madre de un menor de trece meses de edad con quien vive en el recinto penal, pero además tiene 2 hijos menores de edad que vivían con su padre, quien fallece en octubre de 2020. Agrega que la circunstancia de encontrarnos actualmente en una situación de salud pública crítica es un hecho público y notorio. Lo apuntado determina que la amparada pertenezca al grupo que la autoridad sanitaria califica como “población de riesgo” frente a la pandemia de coronavirus Covid-19 Así las cosas, concurren respecto de la sentenciada circunstancias que no solo hacen aconsejable que se interrumpa la pena de privación de libertad que actualmente cumple, sino que además existen circunstancias que hacen necesaria tal interrupción, y proceder en dicho sentido constituye un deber del Estado y no sólo un acto compasivo, en tanto éste se encuentra obligado a interrumpir el cumplimiento efectivo de la pena. Atendidas las circunstancias expuestas, la
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que lo pretendido por el recurrente es que se deje sin efecto la resolución de veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Juez de Garantía de San Antonio, mediante la cual se rechaza la solicitud de la defensa en el sentido de modificar el cumplimiento efectivo de la pena por un arresto domiciliario total, en virtud de los argumentos expuestos. Tercero: Que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la resolución fue dictada por una autoridad competente, en uso de las atribuciones que le confiere el legislador, con la debida fundamentación cumpliéndose los requisitos establecidos en la ley por lo que aquella no puede considerarse ilegal. Por lo anteriormente razonado y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Katherine Stefanie Zavala Cornejo, en contra del Juzgado de Garantía de San Antonio. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-337-2022. En Valparaíso, once de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece Humberto Romero Fuentes, abogado, defensor penal penitenciario, y deduce acción constitucional de amparo en favor de Katherine Stefanie Zavala Cornejo, quien actualmente cumple de manera efectiva en el Centro de Detención Preventiva de Quillota el saldo de la pena que se le impuso en la causa RIT N° 18
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