PALACIOS/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Rafael Luis Pavez Gálvez y Felipe Eduardo Banús Fariña, en representación de Leanmary Andrea Palacios Yánez, de nacionalidad venezolana, quienes interponen recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el acto arbitrario e ilegal de conferir a la recurrente un plazo irrisorio de cinco días para acompañar un pasaporte vigente, impidiéndole de ese modo tramitar su solicitud de permanencia definitiva y perturbando en forma ilegal y arbitraria el derecho de igualdad ante la ley, garantizado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Fundan el recurso señalando que la recurrente ingresó a Chile en calidad de turista por vía terrestre a través del paso Los Libertadores con fecha 30 de junio del año 2018, cumpliendo con todos los requisitos verificados por autoridades a cargo del control migratorio de personas. Exponen que en el mes de julio del mismo año la recurrente solicitó y obtuvo Visa Temporaria para Profesionales y Técnicos de Nivel Superior, atendida su profesión de “odontóloga”, válida desde el 3 de junio de 2019 y hasta el 3 de Junio de 2020, la que fue gestionada con su pasaporte venezolano emitido el 24 de enero de 2012 y con una vigencia de cinco años, emitiéndose una prórroga del mismo el 16 de diciembre de 2017 y hasta el 16 de diciembre de 2019. Alega que antes del vencimiento de la referida visación temporaria envió a través de la plataforma online “SIMPLE” su solicitud de Permanencia Definitiva con todos los documentos solicitados en tiempo y pertinencia, expresando que la renovación del pasaporte venezolano o la obtención de uno nuevo se hacía imposible en ese momento, debido a la pandemia mundial por Covid-19, lo que calificó como un hecho de fuerza mayor. En este punto, hace presente que Chile suscribió la “Declaración de Quito sobre Movilidad Humana de Ciudadanos Venezolanos en la Región”, que dispuso acoger los documentos de v
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas y lo dispuesto en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido por los abogados Rafael Luis Pavez Gálvez y Felipe Eduardo Banús Fariña, en favor de LeanMary Andrea Palacios Yánez, y a fin de restablecer el imperio del Derecho se ordena al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que otorgue a la recurrente un nuevo plazo de 120 días para obtener su Permanencia Definitiva y continúe con la tramitación de dicha solicitud, hasta obtener una resolución a su petición. Regístrese y comuníquese. Redacción de la Ministra M. Loreto Gutiérrez. N°Protección-12598-2021. No firman la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y el señor Francisco Javier Ovalle Aldunate, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, la primera por encontrarse con feriado legal y el segundo por haber cesado en sus funciones como abogado integrante.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Rafael Luis Pavez Gálvez y Felipe Eduardo Banús Fariña, en representación de Leanmary Andrea Palacios Yánez, de nacionalidad venezolana, quienes interponen recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el acto arbitrario e ilegal de conf
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