CUADRADO/EMPRESA DE CORREOS DE CHILE
Rol
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-8733-2019 caratulados “Cuadrado con Empresa de Correos de Chile”, sobre indemnización de daño moral por accidente de trabajo. Por sentencia de catorce de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza Titular doña Ximena López Avaria, se acogió parcialmente la demanda, condenando a Empresa de Correos de Chile al pago de $12.000.000 por indemnización de perjuicios por daño moral, en favor de la actora; con los reajustes e intereses que indica, con costas. En su contra, ambas partes interpusieron recurso de nulidad, iniciando por la demandante quien funda su pretensión en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por cuando estima que sería necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Ello por haber rebajado el quantum indemnizatorio en razón de una exposición imprudente al daño, que a su entender no es efectiva. Solicita se anule parcialmente el fallo y dicte sentencia de reemplazo que acoja la acción en todas sus partes, condenando a la demandada al pago de $40.000.000 por indemnización de perjuicios por daño moral. En cuanto al recurso de nulidad interpuesto por la demandada, lo funda en dos causales interpuestas una en subsidio de otra: a saber, la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica y, en subsidio, la causal del artículo 477 del mismo cuerpo legal, al haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, citando como normas vulneradas los artículos 184 del Código del Trabajo, en relación al artículo 2314 del Código Civil y el artículo 9 de la Ley Nº 16.744. Pide que se anule el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes, con costas. Declarados admisibles l
Fundamentos
CONSIDERANDO: I. EN CUANTO AL RECURSO DE NULIDAD DE LA DEMANDANTE: PRIMERO: Que la demandante invoca la causal de anulación que establece el artículo 478 letra c), esto es “cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior”. Expone antecedentes de la causa, señalando que interpuso demanda contra su empleador, solicitando $40.000.000 de indemnización de perjuicios por daño moral, derivados de un accidente de trabajo ocurrido el 5 de agosto de 2019, en el que resbaló de las escaleras del edificio de la demandada, resultando con fractura de ambas muñecas. Señala que la sentencia tuvo por acreditado el incumplimiento de la empresa de su deber de cuidar eficazmente la vida y salud de sus trabajadores, al mantener una escalera con medidas de seguridad deficientes. Sin embargo rebajó el quantum indemnizatorio, estimando en su considerando décimo que el video incorporado con la caída de la actora daba cuenta de una exposición imprudente al riesgo, por bajar la escalera con apuro y con unas bolsas en la mano izquierda -precisamente en el lado que se encontraba en único pasamanos- usando zapatos de taco. Refiere que aunque no se mencione expresamente, la jueza hizo aplicable el artículo 2330 del Código Civil, indicando que esto sería un error, ya que a su entender no es posible rebajar la indemnización e imputar negligencia a la demandante, posterior al haber concluido que la escalera mantenía medidas deficientes de seguridad, que de haber estado, hubiesen impedido el accidente. Afirma que no fue fijado como punto de prueba la eventual culpa de la trabajadora ni se habría acreditado que esto ocurrió, máxime si se dejó como hecho no controvertido que la actora se desempeña como ejecutiva de cuentas para la parte demandada, cuyo uso de tacos era diario atendida su función, conforme a las máximas de la experiencia y sumado a la circunstancia de que las condiciones inseguras de las escaleras estaban presente por años. Sostiene que todo lo expresado demuestra que la sentencia efectuó una errónea calificación de los hechos al considerar la conducta de la actora como imprudente y con esto rebajar de la indemnización a que tiene derecho. El vicio, finaliza ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, ya que sin este se habría establecido una mayor indemnización a su favor. SEGUNDO: Que, como se ha sostenido ya por esta Corte, la causal establecida en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo -junto con la de infracción de ley prevista en el artículo 477 del mismo cuerpo legal- "son motivos de nulidad sustancial o de fondo, que por lo tanto requieren el mantenimiento de las circunstancias de hecho asentadas en el mismo fallo, tanto por la naturaleza de las causales, tanto porque su propio texto así lo consigna." (sentencia rol Laboral-Cobranza N° 1811-2021 de esta Corte) Por ende, lo que se persigue con ellas es determinar el error en la aplicación del
Fallo
fallo y dicte sentencia de reemplazo que acoja la acción en todas sus partes, condenando a la demandada al pago de $40.000.000 por indemnización de perjuicios por daño moral. En cuanto al recurso de nulidad interpuesto por la demandada, lo funda en dos causales interpuestas una en subsidio de otra: a saber, la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica y, en subsidio, la causal del artículo 477 del mismo cuerpo legal, al haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, citando como normas vulneradas los artículos 184 del Código del Trabajo, en relación al artículo 2314 del Código Civil y el artículo 9 de la Ley Nº 16.744. Pide que se anule el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes, con costas. Declarados admisibles los recursos, se procedió a la vista de los mismos, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia. Y CONSIDERANDO: I. EN CUANTO AL RECURSO DE NULIDAD DE LA DEMANDANTE: PRIMERO: Que la demandante invoca la causal de anulación que establece el artículo 478 letra c), esto es “cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior”. Expone antecedentes de la causa, señalando que interpuso demanda contra su emp
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-9- Santiago, once de marzo de dos mil veintidós.- VISTO: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-8733-2019 caratulados “Cuadrado con Empresa de Correos de Chile”, sobre indemnización de daño moral por accidente de trabajo. Por sentencia de catorce de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza Titular doña Ximena López Avaria, se acogió p
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