SIN INFORMACION

BEDECARRATZ SPA/ESSAL S.A.

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, previene que éste se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente. 2°.- Que de la revisión de los antecedentes, se advierte que el recurrente registra domicilio en la ciudad de Osorno, en tanto fundamenta su libelo en el acto que imputa ilegal y arbitrario por parte de la empresa de Essal S.A., sobre exigencias en el marco de la construcción de Plantas Elevadoras de Aguas Servidas para dos proyectos habitacionales en la ciudad de Purranque, que corresponden a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y, de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declárese incompetente esta Corte de Apelaciones de Puerto Montt, para el conocimiento del recurso intentado. Remítanse los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia para su conocimiento y fallo. Sirva la presente resolución de atento oficio emisor. Rol N° 226-2022.

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, previene que éste se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente. 2°.- Que de la revisión de los antecedentes, se advierte que el recurrente registra domicilio en la ciudad de Osorno, en tanto fundamenta su libelo en el acto que imputa ilegal y arbitrario por parte de la empresa de Essal S.A., sobre exigencias en el marco de la construcción de Plantas Elevadoras de Aguas Servidas para dos proyectos habitacionales en la ciudad de Purranque, que corresponden a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y, de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declárese incompetente esta Corte de Apelaciones de Puerto Montt, para el conocimiento del recurso intentado. Remítanse los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia para su conocimiento y fallo. Sirva la presente resolución de atento oficio emisor. Rol N° 226-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diez de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, previene que éste se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, per

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica