1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

TRUJILLO/AYC IMPRESORES LTDA.

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada –que rechaza el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento- no comparte, desde que no pone término al juicio ni hace imposible su continuación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto a folio 32 por el demandado, el veinticuatro de febrero del presente, en contra de la resolución dictada el día veintiuno del mismo mes y año, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-654-2.022. Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya y conformada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y la Ministra señora María Paula Merino Verdugo.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto a folio 32 por el demandado, el veinticuatro de febrero del presente, en contra de la resolución dictada el día veintiuno del mismo mes y año, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-654-2.022. Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya y conformada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y la Ministra señora María Paula Merino Verdugo.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago Santiago, diez de marzo de dos mil veintidós. A los folios Nos 1, 2 Y 3: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fi

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