SIN INFORMACION

CASTILLO FERNÁNDEZ SERGIO/BANCO SECURITY

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que comparece don Julio Cuadros Castillo, abogado, por la parte recurrente y demandada en autos los autos Rol C-26530-2019 seguidos ante el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Banco Security con Castillo”, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de diciembre de 2021 que rechazo el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada en la causa referida. Precisa que el proceso se encuentra abandonado por varios años e incluso no se notificó la demanda a la parte ejecutada dentro de plazo y la sentencia rechazó la excepción de prescripción extintiva del título del 2014, el cual dejó de pagarse en el mismo año, no siendo exigible ni ejecútale, encontrándose la acción prescrita conforme lo dispuesto en el artículo 2535 del Código Civil, la cual no posible visualizar, al igual que al solicitud de abandono deducida por su parte. Agrega que, al notificarse la sentencia solo se adjuntó dos hojas, no siendo congruentes y sin visualizar su texto, lo que afecta a la parte recurrente, la que además no se notificó dentro del año conforme a lo dispuesto en los artículos 98 y 100 de la Ley N° 18.092. Sostiene que la resolución recurrida es contraria al texto expreso y revivir un proceso fenecido y, además, incurre en un error procesal al emitirse resoluciones nulas de pleno derecho. Previas citas legales solicita tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la referida resolución y, en definitiva, acogerlo y declarar conforme a derecho la procedencia de la apelación. 2° Que comparece doña Lilian Esther Lizana Tapia, Juez Subrogante del Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, evacuando el informe solicitado. Indica que en los autos Rol N° 26530-2019, caratulados “Banco Security con Castillo”, el 26 de agosto de 2019, don Juan Pablo Salinas Debesa, abogado, en representación del ejecutante, solicitó se despachara mandamiento de ejecución y embargo en contra de don Sergio Hernán

Fallo

se resuelve que se rechaza la reposición. Atendido que el recurso de apelación respecto de una sentencia definitiva debe interponerse directamente, en virtud, de lo establecido en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y no en subsidiariamente, como en este caso, no ha lugar”. Añade, que a juicio de la sentenciadora la resolución se ajusta al mérito del proceso, toda vez que el recurso de apelación no concedido se dedujo en contra de una sentencia definitiva que resolvió una excepción formulada en un juicio ejecutivo y al efecto el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil dispone “Son apelables todas las sentencias definitivas y las interlocutorias de primera instancia, salvo en los casos en que la ley deniegue expresamente este recurso. Concluye que, aparece en evidencia que en contra de la sentencia definitiva procede la apelación en forma directa, no subsidiaria de una reposición, toda vez que éste último recurso, de conformidad al artículo 188 del mismo cuerpo legal procede sólo en contra de los autos y decretos. 3°. Que, para resolver, hay tener presente que uno de los principios que dotan al debido proceso como una garantía fundamental de los justiciables, es el derecho al recurso, lo que claramente no obsta a que deban desatenderse las reglas legales que regulen la materia. Pero de lo dicho, se desprende que la opción de deducir recursos es un derecho. 4°. Que, la resolución que se pretende impugnar mediante el recurso de apelación es una sentencia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de marzo de dos mil veintidós. Al folio 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1° Que comparece don Julio Cuadros Castillo, abogado, por la parte recurrente y demandada en autos los autos Rol C-26530-2019 seguidos ante el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Banco Security con Castillo”, interponiendo recurso de hecho en contra de la r

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