2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ISAPRE BANMEDICA S.A. CON ALVEAL

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT I-322-2020, caratulados “Isapre Banmédica S.A con Inspección Comunal del Trabajo Providencia” sobre reclamación de multa administrativa. Por sentencia de veinticuatro de julio de dos mil veintiuno, el Juez (s) don Guillermo Enrique Rodríguez Órdenes, acogió parcialmente el reclamo interpuesto, dejando sin efecto, únicamente, la segunda multa de la Resolución Nº 1528/20/33, ascendiente a 30 Unidades Tributarias Mensuales, por no dar cumplimiento al contrato colectivo vigente respecto a la asignación de movilización de ciertos trabajadores en teletrabajo, acreditándose la existencia de un error de hecho en su aplicación; rechazándose, en todo lo demás, la reclamación, sin costas. En su contra, la reclamada Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo; en relación al artículo 311 del mismo cuerpo legal. Solicita se anule el fallo y dicte sentencia de reemplazo que rechace íntegramente el reclamo judicial, con expresa condena en costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista del mismo, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se dedujo la causal de anulación que establece el artículo 477 del Código del Trabajo, en su segunda parte, esto es, cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Ello, citando como norma infringida el artículo 311 del mismo cuerpo legal. Expone los antecedentes de la causa, señalando que la reclamante fue sancionada por la Resolución de Multa Nº 1528/20/33, al constatar las infracciones de “no pagar los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y/o reparación de equipos de trabajo a distancia o teletrabajo”; y “no cumplir estipulaciones de instrumento colectivo”, por un total de 60 y 30 Unidades Tributarias Mensuales, respectivamente. Al respecto, asevera que el

Fallo

fallo y dicte sentencia de reemplazo que rechace íntegramente el reclamo judicial, con expresa condena en costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista del mismo, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se dedujo la causal de anulación que establece el artículo 477 del Código del Trabajo, en su segunda parte, esto es, cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Ello, citando como norma infringida el artículo 311 del mismo cuerpo legal. Expone los antecedentes de la causa, señalando que la reclamante fue sancionada por la Resolución de Multa Nº 1528/20/33, al constatar las infracciones de “no pagar los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y/o reparación de equipos de trabajo a distancia o teletrabajo”; y “no cumplir estipulaciones de instrumento colectivo”, por un total de 60 y 30 Unidades Tributarias Mensuales, respectivamente. Al respecto, asevera que el fallo ha incurrido en la infracción legal aludida, al tener por acreditado un error de hecho a su juicio inexistente, respecto a la segunda de estas multas, por cuanto el artículo 311 del Código en comento refiere expresamente que “Las estipulaciones de un contrato individual de trabajo no podrán significar disminución de las remuneraciones, beneficios y derechos que correspondan al trabajador po

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Santiago, diez de marzo del año dos mil veintidós. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT I-322-2020, caratulados “Isapre Banmédica S.A con Inspección Comunal del Trabajo Providencia” sobre reclamación de multa administrativa. Por sentencia de veinticuatro de julio de dos mil veintiuno, el Juez (s) don Guillermo Enrique Rodríguez Órden

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