1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

PAULA ALEJANDRA VELASCO SANHUEZA CON FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Advirtiendo esta Corte que la petición de la parte recurrente en orden a que se fijen nuevas costas en la causa llevada a cabo en primera instancia no se confirió traslado, debiendo hacerlo, al tratarse de una cuestión accesoria regulada en el Código de Procedimiento Civil (artículos 82 y 138). 2°.- De esta forma y constatándose que no se cumplió con el principio de bilateralidad de la audiencia, impidiendo así a la parte contraria dar su parecer sobre la materia. Conforme a lo que se viene indicando y de conformidad con lo dispuesto con el artículo 84 del mismo código, se anula lo obrado desde el folio 232 y en su lugar se decide que se repone la causa al estado en que debe darse traslado a la contraria de la petición de regulación de nuevas costas pedida el 1 de diciembre de 2021 a folio 231, en causa Rol C-3810-2014, del ingreso del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción. Devuélvase. N°Civil-307-2022.

Fallo

se decide que se repone la causa al estado en que debe darse traslado a la contraria de la petición de regulación de nuevas costas pedida el 1 de diciembre de 2021 a folio 231, en causa Rol C-3810-2014, del ingreso del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción. Devuélvase. N°Civil-307-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción FVL/rtp Concepción, diez de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Advirtiendo esta Corte que la petición de la parte recurrente en orden a que se fijen nuevas costas en la causa llevada a cabo en primera instancia no se confirió traslado, debiendo hacerlo, al tratarse de una cuestión accesoria regulada en el Código de Procedimiento Civil (artícu

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