1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VIÑA DEL MAR

FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO DE LOS SAGRADOS CORAZONES VALPARAÍSO-VIÑA DEL MAR / LE DANTEC

Rol

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo 10°.- Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°) Que del mérito del contrato de trabajo y su anexo del señor Augusto Olivares Valenzuela, consta que se desempeña como auxiliar de servicio en el establecimiento educacional denunciado, y no como guardia de seguridad, ni vigilante privado. 2°) Que, conforme a lo señalado precedentemente, no se configura la infracción que motivó la denuncia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8 del D.L. 3607, que “Establece Nuevas Normas sobre el Funcionamiento de Vigilantes Privados”. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la ley 18.287, se revoca la sentencia de tres de febrero de dos mil veintiuno, escrita de fojas 20 a 22, y en su lugar se decide que se absuelve a Fundación Educacional Colegio de los S.S.C.C. de Valparaíso-Viña del Mar, del requerimiento de fojas 1. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-145-2021.

Fallo

se decide que se absuelve a Fundación Educacional Colegio de los S.S.C.C. de Valparaíso-Viña del Mar, del requerimiento de fojas 1. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-145-2021.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de marzo de dos mil veintidós. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo 10°.- Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°) Que del mérito del contrato de trabajo y su anexo del señor Augusto Olivares Valenzuela, consta que se desempeña como auxiliar de servicio en el establecimiento educacional denunciado, y no como gu

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