SIN INFORMACION

MARIELY BELLIARD MORETA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

9 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 7 de enero de 2022 comparecen los abogados don Pablo Daniel Peñaloza Parra y don Joaquín Andrés Contreras Roa a favor de la ciudadana dominicana doña Mariely Belliard Moreta, domiciliados en Álvarez de Toledo 643, San Joaquín, para recurrir de protección contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, domiciliados en Matucana 1223, Santiago, pues sostienen que este organismo incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la permanencia definitiva solicitada el 9 de mayo de 2020, lo que transgrediría los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Piden, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse al respecto. Segundo: Que aplicándose el apercibimiento efectuado al declararse admisible el informe ante la no evacuación del trámite en tiempo y forma, se prescindió del mismo. Sin embargo, previo a la vista de la causa, por el órgano público recurrido el abogado don Francisco Javier Errázuriz Quiroz hace presente que la solicitud se encuentra en etapa administrativa de evaluación intermedia lo que incluye a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización –si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, sobre la existencia o no de antecedentes delictuales, y b) la evaluación analítica de documentos electrónicos o en papel, legalizados o Apostillados, según corresponda. En consecuencia, niega la concurrencia del actuar ilegal, arbitrario y lesivo atribuido a su respecto. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor del artículo 157 del reglamento de la Ley de

Texto Completo (Preview)

Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Pablo Peñaloza Parra por el recurso y en contra don Francisco Javier Errázuriz Quiroz. La vista de la causa inició a las 10.51 horas y terminó 10.59 a las horas. San Miguel, nueve de marzo de dos mil veintidós. Cristián Alcántara Mödinger, relator. San Miguel, nueve de marzo de dos mil veintidós. Al escrito folio 11746: A lo principal y pr

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