1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ORMAZÁBAL//ENEL GENERACIÓN CHILE S.A

Rol

Fecha

9 de marzo de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha veinte de diciembre del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-1518-2021, se rechazó la demanda interpuesta por César Ormazábal Pagliotti en contra de Enel Generación Chile, con costas. Contra este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que su parte demandó el pago de diferencia de indemnización convencional con motivo de la renuncia voluntaria del trabajador, por cuanto la empresa sólo le pagó el correspondiente a 13 de los 25 años de servicios que le asistía. La sentencia aceptó la tesis de la demandada, que decía que se había celebrado un contrato con posterioridad, donde se reconocía la antigüedad del trabajador, para efectos de la indemnización por años de servicio, sólo a partir del 1 de julio de 2008 y, habiéndose producido la renuncia el 27 de noviembre de 2020, sólo correspondía el pago de indemnización por 13 y no 25 años de servicios. Argumenta que el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que su parte demandó el pago de diferencia de indemnización convencional con motivo de la renuncia voluntaria del trabajador, por cuanto la empresa sólo le pagó el correspondiente a 13 de los 25 años de servicios que le asistía. La sentencia aceptó la tesis de la demandada, que decía que se había celebrado un contrato con posterioridad, donde se reconocía la antigüedad del trabajador, para efectos de la indemnización por años de servicio, sólo a partir del 1 de julio de 2008 y, habiéndose producido la renuncia el 27 de noviembre de 2020, sólo correspondía el pago de indemnización por 13 y no 25 años de servicios. Argumenta que el fallo ha vulnerado el principio lógico de razón suficiente e in dubio pro operario (sic), por cuanto se acompañó el documento denominado “Acuerdo Tripartito”, donde en la cláusula cuarta se reconoce expresamente la antigüedad del actor, con una de las antecesoras legales de la actual demandada, a partir del 1 de abril de 1994 y que ello era p

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de marzo de dos mil veintidós. A los escritos folios 16 y 17: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de fecha veinte de diciembre del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-1518-2021, se rechazó la demanda interpuesta por César Ormazábal Pagliotti en contra de Enel Generación Chile, c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica