GOBERNACIÓN PROVINCIAL CARDENAL CARO CON MARCO ANTONIO BARRA AGUIRRE
Rol
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, de los antecedentes señalados en la denuncia, no es posible concluir que el recinto fiscalizado haya infringido la normativa contenida en el D.L. 3.607, por cuanto del propio tenor del oficio de la autoridad fiscalizadora, se desprende que el trabajador controlado sólo desarrollaba funciones de portero, lo que por lo demás es acorde con la prueba rendida en esta instancia, que da cuenta de haber sido contratado como administrador del recinto, razones que justifican eximir a la denunciada de la aplicación de la normativa antes referida. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 y artículos 1° y siguientes del D.L. 3.607, se revoca la sentencia apelada de nueve de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Policía Local de Pichilemu, en causa ROL 57.354-2020 y, en su lugar se declara que se absuelve a don Marco Antonio Barra Aguirre de la denuncia formulada en su contra por la Gobernación Provincial de Cardenal Caro. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 39-2021.Policía Local.-
Fallo
se declara que se absuelve a don Marco Antonio Barra Aguirre de la denuncia formulada en su contra por la Gobernación Provincial de Cardenal Caro. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 39-2021.Policía Local.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, ocho de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, de los antecedentes señalados en la denuncia, no es posible concluir que el recinto fiscalizado haya infringido la normativa contenida en el D.L. 3.607, por cuanto del propio tenor del oficio de la autoridad fiscalizadora, se desprende que el trabajador controlado sólo desarrollaba fu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica