CASAPIA/CORPORACIÓN MEDICA DE ARICA SA
Rol
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que en los juicios contenciosos civiles rige el principio dispositivo, esto es, que la aportación e iniciativa de los elementos probatorios queda reservada principalmente a las partes del pleito, limitándose la intervención del juez a la dirección formal de la Litis, sin perjuicio de las excepciones legales, no correspondiendo el oficio expedido a estos último casos de excepción, lo que torna en improcedente la diligencia decretada de oficio al Servicio Médico Legal, SE REVOCA la resolución apelada de veinte de enero del año en curso, dictada en causa Rit C- 1310-2020, del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad, en la parte que resuelve el segundo otrosí del escrito de quince de enero de dos mil veintidós, de folio 63, en el acápite que se ordena despachar el oficio a la institución médico legal referida. Comuníquese vía interconexión. ROL N° 45-2022 Civil.
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Arica, ocho de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que en los juicios contenciosos civiles rige el principio dispositivo, esto es, que la aportación e iniciativa de los elementos probatorios queda reservada principalmente a las partes del pleito, limitándose la intervención del juez a la dirección formal de la Litis, sin perjuicio de las e
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