JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ REINALDO ALFREDO CHIPOCO REYES

Rol

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la defensa del condenado Reinaldo Alfredo Chipoco Reyes se alzó en contra de la resolución dictada en audiencia de control de la detención realizada el 26 de febrero pasado, en causa RIT 12187 – 2020 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva impuesta al condenado, disponiendo su cumplimiento efectivo. Sostuvo que al condenado le fue impuesta, el 2 de febrero de 2021, una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito de robo con intimidación ocurrido el 24 de noviembre de 2020, en esta ciudad, sustituyéndose su cumplimiento efectivo por un mismo periodo de libertad vigilada intensiva, considerando los abonos que indica en su escrito, quedando citado el 23 de marzo del mismo año, a una audiencia de aprobación del plan de intervención individual correspondiente, a la que no asistió y fue despachada una orden de detención en su contra. Posteriormente, el 23 de abril de 2021, el condenado fue detenido y en la audiencia de control de la detención realizada ese día, se mantuvo la pena sustitutiva, apercibiéndolo de revocarla, si continuaba con sus inasistencias. Afirma que Gendarmería de Chile en sucesivos informes, que reproduce, comunicó al tribunal que el condenado se presentó a sus dependencias, elaborándose el respectivo plan, que fue remitido al tribunal el 29 de julio de 2021, pero que nunca fue aprobado. En esas circunstancias, luego de comparecer compulsivamente al tribunal, por una orden de detención, el juez Héctor Barraza revocó la pena sustitutiva, por argumentos que reproduce, a pesar que la libertad vigilada intensiva no se habría iniciado, por falta de aprobación del plan de intervención individual, motivo por el que solicita la revocación de dicha resolución, citando jurisprudencia en apoyo a sus asertos. SEGUNDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes que constan en el expediente digital, aparece que luego ser condenado el imputado el 2 de febrero de 2021 y sustituida su pena corporal por la libertad vigilada intensiva, no compareció a la audiencia de aprobación de plan de intervención individual, a que se refiere el artículo 16 de la Ley N° 18.216, despachándose la respectiva orden de detención. Luego, en audiencia de control de la detención realizada el 23 de abril del mismo año, el tribunal omitió el pronunciamiento que requiere la Ley en lo referido a la aprobación del plan de intervención individual y dispuso mantener la pena sustitutiva, pero no fijó audiencia para discutir su aprobación. TERCERO: Que, de este modo, aun cuando resulta efectivo que el condenado no compareció voluntariamente a las audiencias del procedimiento de ejecución, el tribunal incurrió en un error al omitir un trámite para dar inicio al cumplimiento de la referida pena sustitutiva, sin que tampoco, por su parte, la defensa instara por la aprobación del plan de intervención confeccionado por Gendarmería de Chile luego que

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en las normas citadas, SE REVOCA la resolución de 26 de febrero de 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en causa RIT N° 12187-2020, RUC N° 2001188929-9, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva impuesta al condenado Reinaldo Alfredo Chipoco Reyes y ordenó su ingreso en calidad de rematado para el cumplimiento efectivo del saldo de la pena, y en su lugar se declara que se mantiene dicha pena sustitutiva, disponiéndose la inmediata libertad del condenado, si no debiere permanecer privado de ella por causa diversa, debiendo el Juzgado de Garantía de esta ciudad fijar una audiencia, dentro del más breve plazo posible, para los efectos de resolver la aprobación del respectivo plan de intervención individual. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 108-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, ocho de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la defensa del condenado Reinaldo Alfredo Chipoco Reyes se alzó en contra de la resolución dictada en audiencia de control de la detención realizada el 26 de febrero pasado, en causa RIT 12187 – 2020 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva impuesta al condena

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