BORJA/PARIS
Rol
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de protección constitucional Cristina Melodyer González Jorquera, abogada, en favor de Ariel Borja Gilberto, en contra del señor Ministro de Salud, don Enrique Paris Mancilla por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de resolución exenta N° 644 de 14 de julio de 2021, que establece el tercer plan paso a paso, en la parte que establece el pase de movilidad, lo conculca las garantías constitucionales de su representado en cuanto al derecho a la vida e integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, la libertad ambulatoria y la libertad a desarrollar cualquier actividad económica, consagradas en el artículo 19 N° 1, 2, 7, 21 y 22 de la Constitución Política de la República. Previas citas legales y constitucionales, finalizó pidiendo que sean adoptadas todas las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y, en especial, ordenar a la autoridad que haga aplicable la resolución exenta N° 644 de 14 de julio de 2021 al suscrito y a todas las personas que acrediten estar sanas o ser cero positivas al SARS-CoV-2; se deje sin efecto la referida resolución y se condene al recurrido al pago de las costas de la causa. Fundando el recurso explica que el protegido vive en la ciudad de Santiago y se dedica a las reparaciones y limpieza de departamentos en distintos puntos de Chile. Por su trabajo ha tenido serios problemas para desplazarse, todo a consecuencia de las resoluciones dictadas por la autoridad sanitaria, en especial las exentas números 203, 341, 374 y 997 de 2020 y 43, 317 y 494 de 2021. Ahora bien, en el contexto de las resoluciones que establecieron el “plan paso a paso”, se dictó la resolución exenta N°644, de 14 de julio del 2021. En específico, dispuso el pase de movilidad para todos aquellos que tengan el plan de vacunación completo. Identifica la ilegalidad en el obrar de la recurrida porque la resolución n°644, de 14 de julio del 2021, discrimina de forma arbitraria a las
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se RECHAZA el recurso de protección deducido en favor de Ariel Borja Gilberto, en contra del Ministerio de Salud. Comuníquese y regístrese en caso de que no se apelare N°Protección-36710-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintidós. Al folio 16: A todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de protección constitucional Cristina Melodyer González Jorquera, abogada, en favor de Ariel Borja Gilberto, en contra del señor Ministro de Salud, don Enrique Paris Mancilla por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de resolución
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