SIN INFORMACION

GLORIA ORTEGA RUBIO / JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Francisco Armenakis Páez, defensor penal público, en favor de la condenada Gloria Carolina Ortega Rubio recurre de amparo en contra de la resolución de veintiocho de febrero pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en los autos RIT 525-2012, que despachó orden de detención en contra de su representada. Expone que el 1 de septiembre de 2014 doña Gloria Ortega Rubio fue condenada a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales y accesorias legales como autora del delito del artículo 3 de la ley 20.000. Indica que el 11 de julio de 2017 la interna egresó del recinto penal con la pena cumplida, no obstante, se advirtió que no se registra el cumplimiento del pago de la multa impuesta. Señala que el 22 de octubre de 2021 se llevó a cabo una audiencia de revisión de la sentencia y de la pena, en la que se hizo efectivo el apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal respecto de su representada y se fijó nueva fecha para el día 28 de febrero del año en curso. Refiere que llegada esa fecha se realizó la audiencia sin la asistencia de su representada, y que la juez, teniendo en consideración que la persona en cuyo favor se recurre se encontraba válidamente notificada por estado diario, despachó orden de detención en su contra. Aduce que la resolución amenaza el derecho a la libertad personal de la amparada. Indica que, aun cuando en la referida audiencia no se haya discutido el fondo del asunto, existe norma expresa que exime a la amparada del pago de la multa, motivo por el cual la resolución que despachó la orden de detención es desproporcionada deviniendo en arbitraria e ilegal Solicita que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la orden de detención resuelta el 28 de febrero pasado y se disponga la realización de una nueva audiencia que asegure la debida protección de la amparada. Segundo: Que informó al tenor del recur

Fallo

fallo en lo que respecta a la multa, si procediere. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 83-2022 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegaron por el recurso el abogado César Contreras González y en contra de éste la abogada Magdalena Balart Salvat. San Miguel, 8 de marzo de 2022. Camila Philp Salgado, relatora. San Miguel, ocho de marzo de dos mil veintidós. A los folios 11493 y 11511: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Francisco Armenakis Páez, defensor penal público, en favor

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