YANINA JESSICA CARVAJAL GAJARDO / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
visto beneficiada precozmente para lograr para lograr un reintegro laboral adecuado y oportuno” Luego la actora recurre de reconsideración, el 30 de diciembre de 2021, lo que fue resuelto por medio de Resolución Exenta N° R-01_DRBS-10057-2022 que en lo pertinente, señala: “Que esta Superintendencia estudió los antecedentes y concluyó que el reposo prescrito por la licencia médica N° 612922362-0, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que los informes médicos aportados no detallan la evolución de los síntomas lo largo de la totalidad del reposo, que es prolongado, ni especifica los ajustes terapéuticos realizados, en función de la evolución, con las fechas de estos y los resultados obtenidos, por lo que no se cuenta con nuevos antecedentes que permitan establecer incapacidad temporal durante la licencia reclamada” Describe el informe evacuado por profesionales de su organismo, los que indican que los informes médicos de 7 y 28 de diciembre de 2021 son breves, con contenidos muy similares, indica cuál es su diagnóstico, además menciona fármacos indicados, sin dosis, no da cuenta de evolución ni ajustes, sin reintegro a la fecha, por lo que sugiere rechazar. Con ello afirma que su resolución tuvo fundamento técnico. Luego se refiere al marco legal y reglamentario de las licencias médicas, indica que su parte ha actuado dentro de las facultades legales y reglamentarias que posee, por lo que no existe ningún acto ilegal, tampoco arbitrario, ni alguna perturbación a algún derecho constitucional de la recurrente. Señala también que no existe derecho indubitado, pues la actora carece de un derecho a percibir subsidio por su licencia médica, sino una vez aprobadas por la autoridad, lo que no sucedió en este caso. En el caso de la segunda licencia médica, N° 62799260-2, fue rechazada por la Compin, y la actora presentó recurso de apelación el 4 de enero de 2022, sin que su parte se haya pronunciado aún a su respecto. Acompaña expediente administrativo de
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y artículos 1° y siguientes del Acta N 94-2015, de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza la alegación de improcedencia de la acción, y, en cuanto al fondo, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Yanina Yessica Carvajal Gajardo, en contra de la Compin y de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 1343-2022. - En Valparaíso, ocho de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de marzo de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece Yanina Yessica Carvajal Gajardo, asesora del hogar, quien interpone recurso de protección, en contra de la Compin y la Superintendencia de Seguridad Social, en el caso de la primera por haber rechazado sus licencias médicas N° 61292362-0 y 62799260-2, que suman un total de 60 dias de reposo, a partir d
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