2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

COMUNIDAD CONJUNTO HABITACIONAL PAUL HARRIS/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SAN CARLOS

Rol

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de cuatro de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-221-2021, se acogió parcialmente la reclamación judicial interpuesta por Comunidad Conjunto Habitacional Paul Harris 930-940, en contra de la resolución de multa N° 3174/21/14 de fecha 27 de abril de 2021, del Centro de Conciliación y Mediación Oriente, sólo en cuanto se rebaja a la suma de cinco UTM la multa N° 3174/21/14-1, rechazándose la demandada en todo lo demás, manteniéndose la sanción impuesta por la reclamante en contra de la resolución N° 3174/21/14-2 y 3174/21/14-3, esta última, por no haber sido reclamada judicialmente, sin costas. Contra ese fallo la parte reclamante, dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la recurrente deduce como causal de su recurso de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Expone que la Multa Nº 3174/21/14-2 de la Resolución reclamada se cursó por no llevar, para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo ordinarias o extraordinarias, un registro de asistencia respecto del trabajador don Luis Antonio Tapia Casanova, por el periodo de marzo de 2020 a abril de 2021. Afirma que en la audiencia única se rindió prueba que deja establecido que fue el trabajador quien se negó a firmar el registro de asistencia, además de que el registro de asistencia se encuentra para firma en un lugar accesible para los trabajadores, y que los demás trabajadores firman sin inconveniente el registro de asistencia. Sostiene que el razonamiento jurídico de la sentenciadora para rechazar la reclamación es errado y debe ser alterada la calificación jurídica, sin modificar los hechos que el tribunal tuvo presente para fundar el

Fallo

fallo la parte reclamante, dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, la recurrente deduce como causal de su recurso de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Expone que la Multa Nº 3174/21/14-2 de la Resolución reclamada se cursó por no llevar, para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo ordinarias o extraordinarias, un registro de asistencia respecto del trabajador don Luis Antonio Tapia Casanova, por el periodo de marzo de 2020 a abril de 2021. Afirma que en la audiencia única se rindió prueba que deja establecido que fue el trabajador quien se negó a firmar el registro de asistencia, además de que el registro de asistencia se encuentra para firma en un lugar accesible para los trabajadores, y que los demás trabajadores firman sin inconveniente el registro de asistencia. Sostiene que el razonamiento jurídico de la sentenciadora para rechazar la reclamación es errado y debe ser alterada la calificación jurídica, sin modificar los hechos que el tribunal tuvo presente para fundar el fallo atacado, debido a que se interpretó por el tribunal inferior que no obstante el trabajador

Texto Completo (Preview)

C.A. Santiago. Santiago, ocho de marzo de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de cuatro de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-221-2021, se acogió parcialmente la reclamación judicial interpuesta por Comunidad Conjunto Habitacional Paul Harris 930-940, en contra de la resolución de multa N° 3174/21/14 de fecha 27

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