1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

LLAUFLEN/SERVICIO DE SALUD O"HIGGINS

Rol

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que el plazo otorgado por el tribunal para efectos de ratificar lo actuado por el agente oficioso del demandado, corresponde a un plazo judicial, el que no es fatal, en tanto no se demande la correspondiente rebeldía, cabe tener por ratificada la presentación de fecha 25 de noviembre de 2021, efectuada por la recurrente. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en sus autos Rol N° C- 3409-2020 y en su lugar se declara que se tiene por ratificado lo obrado por el agente oficioso en su presentación de fecha 25 de noviembre de 2021. Devuélvase. Rol I. Corte N° 848-2021- Civil-.

Fallo

se declara que se tiene por ratificado lo obrado por el agente oficioso en su presentación de fecha 25 de noviembre de 2021. Devuélvase. Rol I. Corte N° 848-2021- Civil-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, ocho de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que el plazo otorgado por el tribunal para efectos de ratificar lo actuado por el agente oficioso del demandado, corresponde a un plazo judicial, el que no es fatal, en tanto no se demande la correspondiente rebeldía, cabe tener por ratificada la presentación de fecha 2

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