SÁNCHEZ/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Pedro Matamala Souper, abogado, e interpone Recurso de Protección en favor de Julieta Romina Sánchez, argentina, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por el Ministro don Andrés Allamand Zavala, a fin de obtener el resguardo de sus derechos constitucionales afectados por el acto ilegal y arbitrario consistente en la negación de su solicitud de visa sujeta a contrato de trabajo por parte de los funcionarios del Consulado chileno en Buenos Aires, lo que priva, perturba o al menos amenaza, los derechos consagrados en el artículo 19 Nº2, Nº16 y Nº 21 de la Constitución Política de la República de Chile. En cuanto a los hechos expone que la recurrente es de nacionalidad argentina y actualmente reside en Buenos Aires; que la Empresa Guy Carpenter & Company, Corredores de reaseguros Limitada es una compañía del área del corretaje de reaseguros, que ha dispuesto de la contratación de profesionales fuera del país, que cuenten con las capacidades técnicas y el dominio avanzado del idioma inglés necesario para la óptima atención de sus clientes; y en tal contexto ha postulado a la visa sujeta a contrato de trabajo, documento que tiene una duración máxima de dos años. Señala que con fecha 04 de mayo de 2021 comenzó a reunir los antecedentes requeridos para la solicitud de visa sujeta a contrato; esto es, Carta remitida a Cónsul Chileno en Buenos Aires, solicitando visa sujeta a contrato para doña Julieta Sánchez, suscrita por don Hernán Irarrázaval Videla, en representación de Guy Carpenter & Company, autorizada ante Notario; Contrato individual de trabajo y anexo de contrato de trabajo suscrito entre la empresa Guy Carpenter & Company y doña Julieta Sánchez, con fecha 09 de julio de 2021, con las especificaciones requeridas por la ley; Legalización de Validez internacional de Título profesional de doña Julieta Sánchez emitida por la Dirección General de Asuntos Consulares de Argentina; Certificado d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que SE ACOGE el recurso de protección deducido por doña Julieta Romina Sánchez, solo en cuanto se ordena a la recurrida dar tramitación a la solicitud de visa sujeta a contrato de trabajo de la recurrente en el más breve plazo posible. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-38236-2021. En Santiago, ocho de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Pedro Matamala Souper, abogado, e interpone Recurso de Protección en favor de Julieta Romina Sánchez, argentina, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por el Ministro don Andrés Allamand Zavala, a fin de obtener el resguardo de sus derechos constitucionales a
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