HENRÍQUEZ / CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.
Rol
Fecha
7 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don MIGUEL ÁNGEL HENRÍQUEZ GUERRA, trabajador dependiente; quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, con ocasión del acto arbitrario e ilegal que expondrá, con expresa condena en costas. Señala que en el año 2016 solicitó un crédito de dinero a la recurrida por la suma de $782.273.-, pagadero en 24 cuotas mensuales y sucesivas de $47.987.-, pagaderas los 30 de cada mes, a contar de junio de 2016 y firmándose el pagaré N° 063CON100104043. Que, con posterioridad debió repactar las condiciones de dicho crédito acordando que el saldo adeudado correspondía a $ 1.245.665.- y que se pagaría en 35 cuotas mensuales y sucesivas de $ 60.648.-, venciendo la primera cuota el 30 de septiembre de 2017, y la última el 31 de julio de 2020. Que, reconoce haber incurrido en mora desde la cuota de agosto de 2019, por lo que la recurrida, haciendo uso de las facultades contenidas en el pagaré, entabla acción ejecutiva ante el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, en causa rol C-2308-2019, a fin de obtener el cobro de lo adeudado, sin embargo por sentencia interlocutoria de fecha 1° de Abril de 2021, se acogió incidente de abandono del procedimiento, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada. Que, al revisar su liquidación de sueldo pagado en el mes de octubre de 2021, se pudo percatar que aún se materializan los descuentos por planilla. Que, a fin de determinar desde cuando se le estaría descontando sin justa causa de su sueldo, revisó sus liquidaciones anteriores, donde también constan descuentos a favor de la recurrida, los que desde enero a marzo de 2021, corresponden a la suma de $639.193.-, dineros que fueron injusta y arbitrariamente descontados, descuentos que oscilan entren los $154.000 a los $169.000. Señala que el proceder arbitrario de la recurrida vulnera su legítima expectativa en orden a percibir sus remuneraciones de forma íntegra, afectando
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deban tomar ante un acto u omisión arbitraria o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Segundo: Que, el recurrente interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, calificando como ilegal y arbitrario los descuentos realizados sobre las remuneración allí señaladas, en pago de un crédito concedido el año 2016. Tercero: Que, atendida la especial naturaleza del recurso de protección, para que pueda prosperar es indispensable que quien lo intente acredite la existencia de un derecho actual que le favorezca, que esté claramente establecido y determinado y que corresponda a uno de aquellos a que se refiere el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Cuarto: Que, de conformidad a lo informado por las partes, teniendo presente que el procedimiento ejecutivo impetrado por la recurrida, se declaró abandonado con fecha 1 de abril de 2021 en aquél, seguido por la Caja de Compensación en contra del actor, cuya resolución se encuentra firme y ejecutoriada y teniendo en consideración, que lo pretendido por el recurrente y sometido a conocimiento de esta Corte, excede los fines para los cuales se encuentra establecida, pues carece de un derecho indubitado. Así se ha resuelto por esta Corte de Apelaciones en recurso de protección N°27094-2021, con fecha 19 de enero de 2022.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por MIGUEL ANGEL HENRÍQUEZ GUERRA, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-45706-2021.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, siete de marzo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece don MIGUEL ÁNGEL HENRÍQUEZ GUERRA, trabajador dependiente; quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, con ocasión del acto arbitrario e ilegal que expondrá, con expresa condena en costas. Señala que en el
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