JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

MINISTERIO PUBLICO C/ GERARDO ENRIQUE PAILLAMIL ALARCON

Rol

Fecha

7 de marzo de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que concurren los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; y que en cuanto a la necesidad de cautela, se comparten los

Fundamentos

fundamentos del Juez A Quo, referidos a que la gravedad de la pena asignada al delito y la forma de comisión del mismo, permiten presumir fundadamente que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiséis de febrero de dos mil veintidós, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados GERARDO ENRIQUE PAILLAMIL ALARCÓN y THOMAS MILLER JAQUI. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-192-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de marzo de dos mil veintidós. Al escrito folio 4: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: No ha lugar. A lo principal y otrosí de los escritos folios 5 y 7 y al escrito folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que concurren los presupuestos de las letras a) y b) del artí

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