SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. POR RODRIGO RODRIGUEZ SALAS EN FAVOR DE RODRIGO RODRIGUEZ BARRIOS EN CONTRA DEL SENAME

Rol

Fecha

5 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que comparece Rodrigo Rodríguez Salas, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de su hijo Rodrigo Fernando Rodríguez Berríos, quien cumple sanción adolescente de 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en el CIP-CRC de La Serena, y en contra del Servicio Nacional de Menores, debido a “amenazas de parte de la Dirección del Sename”. Expresa en su escrito que “mi hijo tiene problemas con internos menores de las otras casas. Amenazas de agresiones (…) Debido a un llamado telefónico mi hijo me expresa que está en riesgo su vida, ya que lo quieren trasladar donde hay un joven que lo amenaza.”. Solicita en su presentación, mantener a su hijo en la casa N°1 en la que se encontraría actualmente. Segundo: Que, evacuó informe la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el amparado cumple sanción adolescente de 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en el CIP-CRC de La Serena en virtud de lo resuelto por el Juzgado de Garantía de La Serena, en la causa RUC 1800377564-6, RIT 3914. Señala que es efectivo que el joven amparado se encuentra actualmente en dependencias de la Casa N°1, sector CIP, en la cual convive junto a otros tres jóvenes desde el 01 de febrero de 2022, y expresa que anteriormente residía junto a los mismos jóvenes en la Casa N°3 del sector CRC. Refiere que no ha existido ninguna instrucción de la Dirección del Sename en orden a modificar la distribución de jóvenes al interior de la casa. Manifiesta que, sin perjuicio de lo señalado, las medidas de distribución de jóvenes por casa corresponden a la dirección del Centro, bajo criterios técnicos impartidos desde el nivel central. Expresa que la segregación de los jóvenes se realiza conforme a una evaluación diferenciada por parte del equipo del centro, atendiendo a sus características individuales, riesgos criminógenos, tipo de delincuencia, género, seguridad, entre otros criterios. Sostiene que esa entidad no tiene conocimiento de la existencia de amenazas de agresión o riesgo para la vida del joven, hechos que, además, estima de ser efectivos debieran dar lugar a la aplicación de protocolo interno que establece los procedimientos que se deben utilizar ante hechos eventualmente constitutivos de delitos cometidos en contra de niños, niñas o adolescentes, el que contempla la remisión de antecedentes al Ministerio Público y al Juzgado de Garantía competente. Afirma, finalmente, que atendido lo informado a través del presente recurso se procederá a tomar declaración al joven, a fin de que pueda esclarecer de parte de qué persona habría recibido amenazas, a fin de adoptar las medidas correspondientes, entre las que se cuentan la activación del protocolo contemplado en la Circular N°6 de fecha 06 de agosto de 2019, la remisión de los antecedentes al Juzgado de Garantía competente y, eventualmente, ejecutar las acciones necesarias para favorecer un traslado por razone

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA sin costas el recurso de amparo deducido en favor de Rodrigo Fernando Rodríguez Berríos. Regístrese, comuníquese y archívense, en su oportunidad Rol N° 63-2022 (Amparo).-

Texto Completo (Preview)

Rodriguez Salas, Rodrigo Servicio Nacional de Menores Recurso de Amparo Rol N° 63-2022.- La Serena, cinco de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que comparece Rodrigo Rodríguez Salas, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de su hijo Rodrigo Fernando Rodríguez Berríos, quien cumple sanción adolescente de 10 años de internación en régimen cerrado con programa

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