SIN INFORMACION

/ JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES

Rol

Fecha

5 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece Paola Zapata Díaz, defensora penal pública, en representación de Jaime Antonio Zelaya Villarroel, imputado en causa Rit 2763-2019, del Juzgado de Garantía de Los Andes, interponiendo acción de amparo en su favor, en contra del señalado tribunal, el que con fecha 25 de febrero recién pasado dictó orden de detención en su contra, por no haber asistido a audiencia de preparación de juicio oral. Refiere que ante la inasistencia de su parte, lo que correspondía era preparar el juicio oral pues esa era la estrategia de la defensa: no aceptar un procedimiento especial, sino optar por el derecho a un juicio oral, público y contradictorio, y la presencia del imputado no era necesaria para tal fin. Señala que fueron aplicadas erróneamente las normas transitorias de las Ley N°21.394. Pide se deje sin efecto la orden de detención recurrida, adoptando todas las providencias para reestablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. A folio 4 evacua informe la juez titular del Juzgado de Garantía de Los Andes, Valeria Crosa Chiappe, quien dictó la resolución objeto del recurso, e indica que el amparado, estando válidamente notificado, no compareció a audiencia en que era necesaria su asistencia, por lo que se despachó orden de detención en su contra, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 21.394. Acompaña documentos que refiere como fundantes de lo resuelto por el tribunal. A folio 5, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de amparo se ha establecido respecto de todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o respecto de la persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza a su derecho a la libertad personal y seguridad individual, debiéndose adoptar las medidas que se estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que no habiendo anunciado el Ministerio Público en su acusación, la posibilidad de discutir un procedimiento abreviado, sin que esto sea obligatorio, la discusión de esta posibilidad solo se podía llevar a cabo en la audiencia de la etapa intermedia del juicio, según lo establece el artículo 269 inciso 2° del Código Procesal Penal, supuesto en el cual la defensa tiene la posibilidad de manifestar al tribunal que no existe la posibilidad de continuar el juicio con un procedimiento abreviado, lo que sucedió en la especie, e implica, a su vez, que dicha audiencia debió realizarse sin la presencia del imputado, al no ser ésta un requisito de validez de la misma. Tercero: Que de acuerdo a ello, la orden de detención decretada en audiencia celebrada el veinticinco de febrero recién pasado es un acto ilegal, pues fue dictada en un supuesto no contemplado en la ley, por lo que el recurso será acogido. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor del acusado Jaime Antonio Zelaya Villarroel en contra del Juzgado de Garantía de Los Andes, y en consecuencia, se deja sin efecto la orden de detención dictada en audiencia celebrada el 25 de febrero pasado, en causa Rit 2763-2019. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-359-2022.-

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece Paola Zapata Díaz, defensora penal pública, en representación de Jaime Antonio Zelaya Villarroel, imputado en causa Rit 2763-2019, del Juzgado de Garantía de Los Andes, interponiendo acción de amparo en su favor, en contra del señalado tribunal, el que con fecha 25 de febrero recién pasado dictó o

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