INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL/DÍAZ
Rol
P-146-2018
Fecha
26 de febrero de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 10 de diciembre de 2018, comparece la abogada Claudia Campos Pascual en representación del Instituto de Previsión Social continuador legal del I.N.P. quien interpone demanda ejecutiva en contra de Pedro Manuel Díaz Hernández por la suma de $2.325.804 por concepto de cotizaciones y la suma de 40,5 UF por concepto de multas, más reajustes, intereses y recargos que corresponda, con costas 2.- Que con fecha 15 de octubre del 2019 el demandado por intermedio de su abogado Juan Williams Williams opone excepción de prescripción, de acuerdo a los artículos 464 N° 17 y 2515 del Código Civil, ya que se cumplirían con todos los requisitos para su declaración. 3.- Con fecha 29 de octubre del 2019 se recibe el incidente a prueba, fijando como hechos a probar: 1. Efectividad de que la deuda o la acción ejecutiva se encuentran prescritas; hechos y fundamentos y 2.Fechas y/o periodos de cotizaciones previsionales pagadas y/o adeudadas. 4.- Que la parte demandante ofreció la siguiente prueba: I.- Documental 1.- consulta planillas serie N° 61294087 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de marzo del 2011. 2.- consulta planillas serie N° 61260427 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de abril del 2011. 3.- consulta planillas serie N° 62906398 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de mayo del 2011. Unidad Civil, Laboral y Cobranza 4.- consulta planillas serie N° 64795240y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de julio del 2011. 5.- consulta planillas serie N° 65740981 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de agosto del 2011. 6.- consulta planillas serie N° 81140984 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de octubre del 2011. 7.- consulta planillas serie N° 82143529 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de noviembre del 2011. 8.- consulta planillas serie N° 83082361 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de diciembre del 2011. 9.- consulta planillas serie N° 83487473 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de enero del 2012. 10.- consulta planillas serie N° 85015640 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de febrero del 2012. 11.- consulta planillas serie N° 86437681 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de abril del 2012. 12.- consulta planillas serie N° 87677732 y lista cotizaciones reliquidadas, ambas correspondientes al período de remuneraciones del mes de mayo del 2012. 13.- consulta planillas serie N° 88323671
Fallo
se DECLARA: I.- Que se declara ADMISIBLE la excepción opuesta por el ejecutado en su presentación de fecha 15 de octubre del 2019. II.- Que NO SE HACE LUGAR a la demanda ejecutiva enderezada por el Instituto de Previsión Social, en lo principal de su presentación de fecha 10 de diciembre del 2018, declarando prescritas las deudas previsionales por la suma de $2.325.804 y no dando lugar a la multa de 40,5 UF solicitada. III.- Que se condena en costas a la ejecutante por haber resultado completamente vencida. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: P-146-2018 RUC: 18-3-0396780-6 Resolvió RODRIGO ALFREDO GREZ FUENZALIDA, Juez Titular, y autoriza CATHERINE YESSENIA ULLOA VALDEBENITO, Ministro de Fe Suplente. En Puerto Aysén, a veintiséis de febrero del dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que precede. 2020-02-26T13:16:33-0300
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Unidad Civil, Laboral y Cobranza Puerto Aysén, veintiséis de febrero del dos mil veinte VISTOS y CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 10 de diciembre de 2018, comparece la abogada Claudia Campos Pascual en representación del Instituto de Previsión Social continuador legal del I.N.P. quien interpone demanda ejecutiva en contra de Pedro Manuel Díaz Hernández por la suma de $2.325.804 por concepto de coti
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