CHARLES/REDBUS URBANO S.A. - (CON CUSTODIA)
Rol
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de doce de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6263-2020, se rechazó la excepción de compensación opuesta por la demandada y se acogió la demanda interpuesta por Yveins Charles en contra de Red Bus Urbano S.A., solo en cuanto condenó a la demandada a pagar al actor feriado legal y proporcional, rechazando la demanda en todo lo demás, sin costas. Contra este fallo la demandante, dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda hipótesis y en subsidio invoca la causal del artículo 478 letra b), ambas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la demandante deduce como primera causal de nulidad la contemplada en el artículo 477, inciso 1°, segunda hipótesis del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que la sentencia invirtió el onus probandi, pues estableció que es su parte, la demandante, quien debió acreditar el incumplimiento de la demandada de las formalidades del despido, al haber alegado despido verbal. Sin embargo, sostiene que la demandada alegó un despido por el motivo del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo y que la sentencia descarta el despido verbal, pero no analiza los hechos de la carta de despido, por estimar que el demandante sólo impugnó el despido verbal. Argumenta que, por tales razones, el
Fallo
fallo la demandante, dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda hipótesis y en subsidio invoca la causal del artículo 478 letra b), ambas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que la demandante deduce como primera causal de nulidad la contemplada en el artículo 477, inciso 1°, segunda hipótesis del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que la sentencia invirtió el onus probandi, pues estableció que es su parte, la demandante, quien debió acreditar el incumplimiento de la demandada de las formalidades del despido, al haber alegado despido verbal. Sin embargo, sostiene que la demandada alegó un despido por el motivo del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo y que la sentencia descarta el despido verbal, pero no analiza los hechos de la carta de despido, por estimar que el demandante sólo impugnó el despido verbal. Argumenta que, por tales razones, el fallo infringe los artículos 168 y 454 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 1698 del Código Civil, al invertir el onus probandi, debiendo la demandada probar los fundamentos del despido que ella alegó. Arguye que, a pesar de ello, su parte sí acreditó el despido verbal mediante el acta de reclamo ante la Inspección del Trabajo, la co
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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós. A los escritos folios 24 y 25: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de doce de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6263-2020, se rechazó la excepción de compensación opuesta por la demandada y se acogió la demanda interpuesta por Yveins Charles
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