JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL CONCEPCI

RIGOBERTO MAXIMO ALARCON GUZMAN CON CONSTRUCCIONES NG LIMITADA Y OTRA

Rol

Fecha

4 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: 1°.- Con fecha uno de enero de dos mil diecinueve se inició de oficio la ejecución de la sentencia definitiva declarativa, de fecha nueve de octubre de dos mil dieciocho, que condenó a las prestaciones que indica a Construcciones MG Limitada, en su calidad de demandada principal y a Boetsch S.A., en su calidad de deudora solidaria. 2°.- Dicho título ejecutivo laboral y la resolución respectiva que dio curso a la fase de ejecución, solo fue notificada a la demandada solidaria y, a la época de la resolución en alzada, la demandada principal aun no había sido emplazada. 3°.- El abandono del procedimiento constituye una sanción procesal, cuyo efecto es la pérdida de éste ante la inactividad de la parte demandante, de modo que supone la existencia de un procedimiento en curso, lo que no acontece en la especie, pues la litisconsorcio pasiva no ha sido trabada de un modo completo, lo que conduce al rechazo de la petición de abandono planteada por la parte ejecutada solidaria, ya que no pude abandonarse un procedimiento que no ha comenzado. 4°.- Atendido que el tema traído a la instancia, de procedencia de la institución de abandono de procedimiento en materia de cobranza laboral es discutible, se accederá a la liberación de las costas de primer grado y del presente recurso, por haber tenido quien incidenta y apela

Fundamentos

motivos plausibles, para incidentar y alzarse. Por lo razonado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de treinta y uno de enero de dos mil veintidós, en la parte que condenó en costas al articulista y, en su lugar

Fallo

se decide, que éste queda liberado de dicha carga procesal. Se confirma en lo demás apelado, sin costas, la aludida resolución. Devuélvase. Redacción del ministro titular señor Rodrigo Cerda San Martín. Rol 95-2022 Laboral- Cobranza.

Texto Completo (Preview)

CGR C.A. Concepción. Concepción, cuatro de marzo de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente: 1°.- Con fecha uno de enero de dos mil diecinueve se inició de oficio la ejecución de la sentencia definitiva declarativa, de fecha nueve de octubre de dos mil dieciocho, que condenó a las prestaciones que indica a Construcciones MG Limitada, en su calidad de demandada principal y a Boetsc

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