SIN INFORMACION

VILLANUEVA MARTINEZ MARIANA DEL CARMEN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

4 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que recurre de amparo Cristopher Israel Espinoza Meza, abogado, favor de doña Mariana Del Carmen Villanueva Martínez, en contra de la Subsecretaría del Interior Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile por la omisión ilegal y arbitraria acerca de su no pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada con fecha 07 de Julio de 2020 , por impedir y afectar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 7, y artículo 21, ambos de la Constitución Política de la República. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos de su recurso, señala que la recurrente de nacionalidad venezolana está legalmente casada en nuestro país con el Abogado y Académico chileno don Hugo Roberto Muñoz Basáez, por lo tanto su intención es residir, permanecer y hacer familia en suelo chileno, para lo cual, con fecha 07 de julio de 2.020, y previo al vencimiento de su visa como residente temporal, solicito el beneficio de “permanencia definitiva”, sin embargo, a la fecha de la interposición del recurso aún no se encuentra resuelto, lo que vulnera la libertad personal de la amparada que ha cumplido con la obligación de mantener una situación migratoria regular en Chile.

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita acogerlo a tramitación ordenando al recurrente que se pronuncie sobre la visa de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho y que en definitiva le ordene resolver aquella petición, otorgando en beneficio. SEGUNDO: Que, evacúa informe Francisco Javier Errázuriz Quiroz, abogado del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicitando el rechazo del recurso en base a los siguientes argumentos. Señala en primer lugar, que el recurso ha perdido oportunidad, por cuanto mediante Resolución Exenta N°13303, de fecha 09 de febrero de 2022 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se otorgó Permiso de Permanencia Definitiva a doña Mariana Del Carmen Villanueva Martínez, el cual se encuentra disponible, a través del portal de trámites digitales de la autoridad migratoria, ingresando al portal http://tramites.extranjeria.gob.cl con su Clave Única del Estado, en la sección certificado de Permanencia Definitiva y descargar el certificado. TERCERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí , o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la l

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós. A los folios 29 y 30: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que recurre de amparo Cristopher Israel Espinoza Meza, abogado, favor de doña Mariana Del Carmen Villanueva Martínez, en contra de la Subsecretaría del Interior Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Segur

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