GUARIN SALGUERO GABRIELA/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que recurre de amparo CAROL MELISSA BOLAÑO GUTIÉRREZ, abogada, en representación, de doña GABRIELA GUARÍN SALGUERO en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, toda vez que, a través de resolución exenta N°42414 de fecha 06 de abril de 2021, se rechazó su solicitud de visa sujeta a contrato disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días, lo que supone una vulneración a sus derechos a la libertad personal y seguridad individual. En cuanto a los hechos en que funda su recurso, señala que la amparada ingresó regularmente a Chile vía aérea por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez de la ciudad de Santiago, en fecha 27 de abril de 2019 en calidad de turista, proviniendo de la República de Colombia y con fecha 25 de julio de 2019 remitió solicitud de visa sujeta a contrato en un sobre y vía carta certificada a través de la empresa de mensajería Correos de Chile, guía electrónica N°3075908549361, dirigida al Clasificador N°8. Correo central, Santiago. Posteriormente, con fecha 5 de octubre de 2020 recibió notificación Nº67486/2020 en la que se le informó que por Resolución Nº173.411 del 1 de octubre de 2020 se le había otorgado visa de residencia , sin embargo, se le informó en la misma notificación que para que se materializara el beneficio indicado, debía remitir en original o fotocopia legalizada ante Notario, el certificado de vigencia del contrato emitido por el empleador, e incorporar al contrato de trabajo la cláusula de previsión y además, pagar los derechos de la visa con la orden de giro adjuntada, además se le indicó que tenía un plazo de 60 días para cumplir lo señalado, bajo apercibimiento de rechazar su solicitud. Expone la recurrente que el 4 de noviembre de 2020, cumple lo ordenado por la autoridad migratoria y procedió a remitir a través del servicio de correspondencia de la empresa Correos de Chile, y después confirmó en la página de autoconsulta dispuesta por la recurrida qu
Fallo
En mérito de lo expuesto, solicita tomar las providencias que estime necesarias para poner término a la vulneración y amenaza a la libertad personal que actualmente sufre la amparada. SEGUNDO: Que, evacua informe Javier Muñoz Reyes, abogado del Servicio Nacional de Migraciones solicitando desde ya el rechazo de la misma en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilega. Expone en primer lugar que mediante Resolución Exenta Nº 173.411 de fecha 01 de octubre de 2020 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se otorgó visación sujeta a contrato a la recurrente, por el período de dos años. En la referida resolución, se remitió la orden de giro para el pago de los derechos y se le indicó que: “para que se materialice el beneficio indicado, es necesario que presente los documentos en original o fotocopia legalizada ante notario que a continuación se indican: - debe presentar certificado de vigencia del contrato, emitido por el empleador ante notario - debe incorporar al contrato de trabajo la cláusula de previsión, firmada ante notario, por el empleado y el empleador”. Que, si bien la recurrente remitió documentación con fecha 04 de noviembre de 2020, no fueron enviadas en la forma señalada, esto es, debidamente notariados, por lo que
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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós. Al folio 15: a sus antecedentes. A los folios 16, 17 y 18: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que recurre de amparo CAROL MELISSA BOLAÑO GUTIÉRREZ, abogada, en representación, de doña GABRIELA GUARÍN SALGUERO en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, toda vez que, a través de resolución
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