/ GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Dylan Edison Briones Cisternas y en contra de Gendarmería de Chile. Indica que el amparado se encontraba cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Valparaíso y que habría sido trasladado al Centro Penitenciario de Valdivia, desarraigándolo social y familiarmente, por lo que la defensa solicitó en audiencia de amparo ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en causa RIT 1934-2018, que sea trasladado al penal de Valparaíso, lo que fue ordenado en dicha audiencia con fecha 7 de febrero del presente año. Ante el incumplimiento de parte de Gendarmería, se solicitó nueva audiencia, en la cual con fecha 16 de febrero de 2022, se reiteró lo ordenado a Gendarmería, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al Ministerio Público por el delito de desacato y finalmente, con fecha 24 de febrero del presente año, se reitera nuevamente lo ordenado y se hace efectivo el apercibimiento por desacato. Solicita se acoja el recurso de amparo, se adopten las medidas necesarias para que se reestablezca el imperio del derecho, ordenando a Gendarmería acatar las resoluciones judiciales. A folio 4, informa la Dirección Regional de Gendarmería de Valparaíso, indicando que el amparado se encuentra actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena. Informa que mediante Resolución Exenta N°5763, de fecha 05 de noviembre de 2021, del Subdirector Operativo de Gendarmería de Chile, se autorizó el traslado de 103 internos del Módulo 104 del Complejo Penitenciario de Valparaíso hasta unidades penales del sur del país, dentro de los cuales se encuentra el amparado, ello debido a que dicha dependencia no cuenta con las condiciones idóneas y dignas para su habitabilidad, presentando serios daños en su infraestructura, sistema eléctrico, en descargas de aguas servidas y red de agua potable. Indica que dicha medida fue objeto de recurso de amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública ante esta misma Ilt
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, según lo informado por Gendarmería de Chile, el amparado se encuentra actualmente ingresado en el Complejo Penitenciario de La Serena, dando cumplimiento de esa forma a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema en autos Rol 93.904-2021, con fecha 04 de enero de 2022, que dispuso que el amparado fuera reubicado en un centro penitenciario de la mayor cercanía posible a su entorno familiar, dentro de la misma región o en regiones contiguas, sin perjuicio que dicha medida sea reevaluada una vez que se ejecuten y concluyan los trabajos en el módulo 104 del Centro Penitenciario de Valparaíso. Segunda: En consecuencia, no siendo la actuación de la recurrida ilegal ni atentatoria de la libertad o seguridad personal del amparado y no acreditándose amenazas ni peligros a su integridad en el actual módulo centro penitenciario que habita, sumado a que la decisión de cambio de recinto penal del interno depende de la autoridad penitenciaria, según lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para Recintos Penitenciarios, se rechazará el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Dylan Edison Briones Cisternas y en contra de Gendarmería de Chile. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Donoso, quien fue de opinión de acoger la acción cautelar deducida por las razones que pasan a expresarse: 1°) Que, en estos autos ha quedado acreditado que la recurrida, sin justificar la decisión ante el Juzgado de Garantía, no cumplió la orden emanada de la autoridad judicial. 2°) Que, conociendo la decisión de la Corte Suprema, en orden a que el interno debía ser trasladado desde Valdivia, en causa ROL 93.904-21, Genchi decidió ubicar al amparado en el Penal de La Serena, incumpliendo nuevamente, ahora, el mandato del máximo tribunal. En efecto, la decisión antes referida mandata que el traslado deberá ser a “centros penitenciarios de la mayor cercanía posible a su entorno familiar, dentro de la misma región o en regiones contiguas, sin perjuicio que dicha medida sea reevaluada una vez que se ejecuten y concluyan los trabajos en el módulo 104 del Centro Penitenciario de Valparaíso”. 3°) Que, conforme a lo señalado, la orden de la Corte Suprema fue expresada con una forma de prelación de las alternativas y, no habiendo fundado la resolución la recurrida en cuanto a las razones que tuvo para no cumplir con la primera opción
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de marzo de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Dylan Edison Briones Cisternas y en contra de Gendarmería de Chile. Indica que el amparado se encontraba cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Valparaíso y que habría sido trasladado al Centro Penitenciario de Valdivia, desarraigándolo social y familiarment
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