BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/RUIZ
Rol
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos Que con la cuenta dada, el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente en consideración el estado procesal de la causa y el principio de recursabilidad, tendiente a la corrección del procedimiento, es que se estima que la resolución impugnada se encuentra ajustada a derecho y al mérito de los autos. Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de fecha 31 de enero de 2021 dictada por Vania Carola Angulo Torres, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Ancud. No firma el Abogado Integrante Sr. Mauricio Cárdenas García, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en su cometido. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 120-2022
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de fecha 31 de enero de 2021 dictada por Vania Carola Angulo Torres, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Ancud. No firma el Abogado Integrante Sr. Mauricio Cárdenas García, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en su cometido. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 120-2022
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de marzo de dos mil veintidós. Vistos Que con la cuenta dada, el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente en consideración el estado procesal de la causa y el principio de recursabilidad, tendiente a la corrección del procedimiento, es que se estima que la resolución impugnada se encuentra ajustada a derecho y al mérito de los autos. Por estas consideraciones, visto a
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