BUDD/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece doña María Victoria León Alarcon, abogada, domiciliada en calle Estación los vientos nº 235, Antofagasta, en representación de don George Alfred Budd Rojas, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por don Nicolás Donosos Serrano, ignora profesión, ambos domiciliados en 14 de Febrero 1796, ciudad de Antofagasta. Señala que el recurrente se encuentra contractualmente vinculado con Isapre Colmena Golden Cross S.A, a través del plan de salud ALEMAN 6035, que tiene un costo total de 9.52 UF Mensuales; contrató sin preexistencias y
Fallo
por tanto, sin restricción de coberturas para patologías. Indica que el precio de los planes de salud, se multiplican por un factor determinado por la recurrida, en el caso del recurrente, el factor que actualmente se le está aplicando es de 1.5, y atendido a que tiene a su hija Carolina Josefa Budd Alarcón, RUN 19.889.553-9, como carga, respecto del plan de salud de ella es 0.7, lo cual es absolutamente arbitrario, ya que, si el afiliado titular fuera más joven y su carga fuera hombre y más joven, sus factores serían mucho menor. Refiere que la recurrida ha fijado el precio del plan recurriendo a una tabla de factores de riesgo, que se basa únicamente en la edad y el sexo, factor discriminatorio, que atenta contra las garantías fundamentales de su persona, para determinar el precio del plan de salud que contrató el afiliado recurrente. Asevera que la Isapre está poniendo restricciones al afiliado recurrente, al acceso a la medicina, únicamente por ser una persona de 59 años y a su carga por ser una mujer ubicada en el rango etario entre 18 y 34 años, incrementando los precios que se debe pagar por las prestaciones, pues para personas más jóvenes que ellos, las prestaciones de salud tendrían un valor muy inferior. En cuanto al plazo de interposición, refiere que la acción ilegal y arbitraria de parte de la Isapre produce efectos permanentes en el patrimonio del recurrente, puesto que mensualmente se le descuenta de su remuneración el precio del contrato
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Comparece doña María Victoria León Alarcon, abogada, domiciliada en calle Estación los vientos nº 235, Antofagasta, en representación de don George Alfred Budd Rojas, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por don Nicolás Donosos Serr
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