JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUNTA ARENAS

ZÚÑIGA/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PUNTA ARENAS, PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR

Rol

Fecha

3 de marzo de 2022

Materia

ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Pedro Venegas Villavicencio abogado, por la demandante en los autos sobre Tutela Laboral caratulados “Zúñiga/ Corporación Municipal para la Educación, Salud y Atención al Menor” causa RIT T-67-2019, del Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha veinte de noviembre del año dos mil veintiuno que resolvió: I. Que se RECHAZAN las excepciones de caducidad y prescripción opuestas por la Corporación Municipal de Punta Arenas. II. Que se RECHAZAN las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva. III. Que se RECHAZA en todas sus partes la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales y la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral intentada por los demandantes individualizados en el

Fundamentos

considerando primero de este

Fallo

fallo en contra de la Corporación Municipal de Punta Arenas para la Educación, Salud y Atención al Menor, representada legalmente por don Segundo Álvarez Sánchez, y solidaria o subsidiariamente en contra de la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, representada legalmente por doña Beatriz Sánchez Cañete, y de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, representada legalmente por su Alcalde don Claudio Radonich Jiménez, en consecuencia se declara que no ha existido lesión a los derechos consagrados en el artículo 19 N° 1 y N° 4 de la Constitución Política de la República. IV. Que cada parte pagará sus costas. Funda su recurso en la causal contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, dado que la sentencia se dictó con omisión de requisitos establecidos en el artículo 459 del mismo cuerpo legal, lo que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, alegando esta causal de forma principal. En subsidio invoca la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, dado que la sentencia fue pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Respecto de la primera causal expresa que el vicio reclamado consiste en haberse dictado la sentencia con omisión de los requisitos que exige el artículo 459 del Código del Trabajo. Entre estos requisitos la sentencia transgrede de manera evidente el contemplado en el N

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, tres de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Pedro Venegas Villavicencio abogado, por la demandante en los autos sobre Tutela Laboral caratulados “Zúñiga/ Corporación Municipal para la Educación, Salud y Atención al Menor” causa RIT T-67-2019, del Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha vei

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