PEÑA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO/INTERPUE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de amparo. Informe el recurrido “Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase informe por la vía más expedita. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente lo que en derecho corresponda. Al tercer otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. N°Protección-9887-2022.
Fallo
se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de amparo. Informe el recurrido “Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase informe por la vía más expedita. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente lo que en derecho corresponda. Al tercer otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. N°Protección-9887-2022.
Texto Completo (Preview)
ecv C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de marzo de dos mil veintidós. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica