SIN INFORMACION

EUGENIN/BANCO SANTANDER CHILE

Rol

Fecha

3 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que, Camila Alejandra Eugenín Díaz, deduce recurso de protección en contra del Banco Santander, representado por don Claudio Melandri Hinojosa, acusando un actuar ilegal y arbitrario al negársele la apertura de cuenta corriente, tarjetas de crédito y débito siendo informada, por escrito, el 21 de diciembre de 2021, que el rechazo obedece a morosidades o protestos informados de conformidad a la ley 19.628, dado que los antecedentes presentan o han presentado irregularidades en el sistema financiero, existiendo un incumplimiento del nivel de aprobación previsto en los análisis de riesgo del Banco, evidenciando la operación una elevada probabilidad de incumplimiento conforme a modelos predictivos. Sostiene que el actuar de la recurrida es ilegal al infringir la ley 20.720 que regula procedimientos concursales de insolvencia desconociendo el efecto legal derivado del artículo 255, al someterse a un procedimiento concursal de liquidación de bienes, según rol C-357-2019 del Juzgado de Letras de Paillaco, concluyendo con una sentencia de termino el 22 de julio de 2021. Resalta que según certificado de 12 de octubre de 2021 emitido por la Cámara de Comercio de Santiago denominado Boletín Comercial se certificó que no registraba protestos o morosidades publicadas ni en la base de datos de morosidad en el sistema financiero comercial. Además, expresa que la recurrida infringe los artículos 17 a 19 de la ley 19.628 al utilizar dicho marco normativo para fundar la negación de los productos bancarios, siendo la decisión arbitraria, carente de fundamento y razonabilidad. Indica que se infringe su derecho a igualdad ante la ley, al generar una conducta de discriminación al negarle productos bancarios ofrecidos en forma pública. Además, se vulnera el respeto y protección a la vida privada y honra de la persona y su familia, al cuestionarla en función de morosidades inexistentes afectando la percepción objetiva que la comunidad puede elaborar en torn

Fundamentos

fundamentos o estos son inespecíficos, este tribunal a lo más podría requerir que el rechazo de la solicitud sea debidamente fundamentada, por cuanto es parecer de esta Corte que no se podría forzar a dicha entidad a contratar, salvo otros derechos de la recurrente, cuya solución no se vislumbra en esa sede.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 19 número 2 y 4 en relación con el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Camila Alejandra Eugenín Díaz en contra del Banco Santander. Regístrese digitalmente y archívese, en su oportunidad. Redacción a cargo del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz. N°Protección-49-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, tres de marzo de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- Que, Camila Alejandra Eugenín Díaz, deduce recurso de protección en contra del Banco Santander, representado por don Claudio Melandri Hinojosa, acusando un actuar ilegal y arbitrario al negársele la apertura de cuenta corriente, tarjetas de crédito y débito siendo informada, por escrito, el 21 de diciemb

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