RAUL ALEJANDRO MARCHANT FICA CON I. MUNICIPALIDAD DE MULCHEN
Rol
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZA NULIDAD, SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: En este proceso RIT T-1-2021, RUC 2140322268-K proveniente del Juzgado de Letras de Mulchén, se dictó sentencia definitiva el 27 de septiembre de 2021, mediante la cual se resolvió rechazar la excepción de falta de legitimidad activa; rechazar la demanda principal y acoger la subsidiaria, declarándose la existencia de relación laboral entre el demandante Raúl Alejandro Marchant Fica y la demandada Ilustre Municipalidad de Mulchén en el período que indica y se ordena a la demandada pagar las prestaciones que el fallo detalla; declarándose asimismo la nulidad del despido y ordenando pagarse todas las cotizaciones previsionales devengadas; con reajustes e intereses respecto de todas las sumas y, finalmente, se condena a la demandada al pago de las costas, regulándose el monto de las personales en la suma de $ 1.000.000. En contra de la referida resolución, la abogada Carmen Bustamante Rifo, obrando por la demandada Municipalidad de Mulchén, ha interpuesto recurso de nulidad, que lo ha fundado en diversas causales: la primera de ellas y principal contemplada en el artículo 478 letra a) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia fue dictada por un juez incompetente. En subsidio de dicha causal, invoca aquella contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por considerar que la sentencia se dictó con omisión del requisito establecido en el artículo 459 N° 4 de dicho cuerpo legal, referido a su motivación fáctica, lo que exige el análisis de toda la prueba rendida; y finamente, en subsidio de la anterior, alega la causal del artículo 477 inciso primero, segunda parte, del Código del Trabajo, al haberse dictado el fallo con infracción de ley que ha influido sustancialmente en su parte dispositiva, en relación con el artículo 162 incisos quinto y séptimo del referido código. Solicita la recurrente que la sentencia definitiva impugnada y el procedimiento se anulen, ordenándose a la parte demandante ejercer sus derechos ante el tribunal com
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, según se indicó anteriormente en lo expositivo, la causal principal de nulidad invocada por la recurrente es la contemplada en el artículo 478 letra a) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia definitiva pronunciada por el Juzgado de Letras de Mulchén -según lo dice expresamente- fue dictada por un “juez incompetente”, argumentando que el
Fallo
fallo detalla; declarándose asimismo la nulidad del despido y ordenando pagarse todas las cotizaciones previsionales devengadas; con reajustes e intereses respecto de todas las sumas y, finalmente, se condena a la demandada al pago de las costas, regulándose el monto de las personales en la suma de $ 1.000.000. En contra de la referida resolución, la abogada Carmen Bustamante Rifo, obrando por la demandada Municipalidad de Mulchén, ha interpuesto recurso de nulidad, que lo ha fundado en diversas causales: la primera de ellas y principal contemplada en el artículo 478 letra a) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia fue dictada por un juez incompetente. En subsidio de dicha causal, invoca aquella contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por considerar que la sentencia se dictó con omisión del requisito establecido en el artículo 459 N° 4 de dicho cuerpo legal, referido a su motivación fáctica, lo que exige el análisis de toda la prueba rendida; y finamente, en subsidio de la anterior, alega la causal del artículo 477 inciso primero, segunda parte, del Código del Trabajo, al haberse dictado el fallo con infracción de ley que ha influido sustancialmente en su parte dispositiva, en relación con el artículo 162 incisos quinto y séptimo del referido código. Solicita la recurrente que la sentencia definitiva impugnada y el procedimiento se anulen, ordenándose a la parte demandante ejercer sus derechos ante el tribunal competente que corresponda,
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C.A. de Concepción Concepción, tres de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: En este proceso RIT T-1-2021, RUC 2140322268-K proveniente del Juzgado de Letras de Mulchén, se dictó sentencia definitiva el 27 de septiembre de 2021, mediante la cual se resolvió rechazar la excepción de falta de legitimidad activa; rechazar la demanda principal y acoger la subsidiaria, declarándose la existencia de rela
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