1º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/INVERSIONES HVS LIMITADA

Rol

Fecha

3 de marzo de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente:               Que en tanto la Municipalidad ejecutante se ha allanado totalmente a la excepción de prescripción opuesta por la parte ejecutada (por los períodos específicos a que esta alegación se refiere), no resulta procedente recibir la causa a prueba, pues no se configuran los supuestos de hecho a que se refiere el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil. En tal escenario, debe omitirse tal trámite y citarse a las partes para oír sentencia definitiva, conforme lo manda el inciso primero del artículo 313 del mismo cuerpo legal.               Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de 19 de mayo de 2020, dictada por el 1° Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° C-35782-2019, y en su lugar se declara que no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se omite recibir la causa a prueba y se cita a las partes para oír sentencia.                 Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo.          N°Civil-1050-2022. Pronunciada por la Undécima Sala, presidida por los Ministros señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, e integrada por el señor Jaime Balmaceda Errazuriz y la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de 19 de mayo de 2020, dictada por el 1° Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° C-35782-2019, y en su lugar se declara que no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se omite recibir la causa a prueba y se cita a las partes para oír sentencia.                 Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo.          N°Civil-1050-2022. Pronunciada por la Undécima Sala, presidida por los Ministros señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, e integrada por el señor Jaime Balmaceda Errazuriz y la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veintidós.               Vistos y teniendo presente:               Que en tanto la Municipalidad ejecutante se ha allanado totalmente a la excepción de prescripción opuesta por la parte ejecutada (por los períodos específicos a que esta alegación se refiere), no resulta procedente recibir la causa a prueba, pues no se configuran los supuestos de

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