JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CURICO

A.F.P. PLANVITAL S.A. CON ORMAZABAL

Rol

Fecha

2 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que el estado de alerta sanitaria no constituye una excepción legal a lo previsto en el artículo 12 de la Ley 17.322; además, tampoco impide el ejercicio de cualquier actividad económica, sino que simplemente restringe los aforos, por lo que resulta improcedente denegar, bajo esa premisa, el arresto solicitado, lo que corresponde ser enmendado por esta vía. Por la anterior consideración y lo dispuesto en los artículos 474 del Código del Trabajo y 12 de la Ley 17.322, SE REVOCA la resolución de 16 de diciembre de 2021, dictada en la causa RIT P-1257-2013 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó y, en consecuencia, se accede a la solicitud de arresto pedida por el ejecutante, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-61-2022. No firma el ministro don Gerardo Bernales Rojas, por encontrarse en comisión de servicio.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, dos de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que el estado de alerta sanitaria no constituye una excepción legal a lo previsto en el artículo 12 de la Ley 17.322; además, tampoco impide el ejercicio de cualquier actividad económica, sino que simplemente restringe los aforos, por lo que resulta improcedente denegar, bajo esa premisa, el arresto solicitado, lo q

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